En 1974, cuando Suiza estaba a punto de ratificar la Convención, Pierre Graber, ministro de Asuntos Exteriores de la época, se jugó el cuello realizando una afirmación. Sería muy improbable que Suiza, con los elevados estándares que tenía, fuera llevada a juicio por cualquier tipo de violación, predijo. En aquel momento, la mayoría de las personas consideraban que las leyes del país eran más que suficientes para satisfacer a la Convención y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo.
Estaban equivocadas. Desde entonces, aunque Suiza está lejos de ser la principal infractora de los derechos humanos, el tribunal le ha hecho llamamientos unas 140 veces. Y a lo largo del último medio siglo, estas sentencias, así como la inminente influencia de la Convención, han moldeado algunos aspectos clave del sistema judicial de Suiza.
1971 – más vale tarde que nunca
Comparada con los países vecinos, Suiza llegó tarde a la ratificación de la Convención. Esto se debió, entre otras razones, a que Suiza tenía demora en un tema: fue solo hasta 1971 que las mujeres pudieron ejercer el voto a nivel federal. Dado que los derechos humanos deben beneficiar a la totalidad de las personas, y no sólo a los hombres, esto suponía un problema. Las autoridades habían intentado previamente caminos para ratificar la Convención, pero sin ponerse de acuerdo. Por lo tanto, suscribir la CEDH fue un factor clave que impulsó a Suiza a introducir finalmente el sufragio universal. En una votación celebrada en 1971, los hombres suizos aceptaron la igualdad política de las mujeres, y tres años más tarde, el país firmó la Convención.
1981 – el fin de un oscuro capítulo
La situación era similar en otro caso de discriminación en Suiza. Durante décadas, las políticas de «atención administrativa» condujeron al encarcelamiento de hasta 60.000 personas que no tuvieron derecho a un juicio previo y que tampoco habían cometido delito alguno. La práctica afectaba a las personas que no cumplían las normas sociales, por ejemplo, por lo que se consideraba un «estilo de vida depravado» o por caer en el «alcoholismo». En muchas ocasiones eran mujeres que eran rechazadas tras quedarse embarazadas. Las personas menores de edad en estos casos eran consideradas como descendencia ilegítima o quedaban en la orfandad, así que eran canalizadas a la fuerza a hogares de acogida o instituciones. Las críticas a estas prácticas se extendieron en la década de 1960, pero la clase política no tomó medidas sino hasta después de ratificar la Convención en la década de 1970, en particular el artículo 5. Lo anterior puso fin oficial en 1981 al llamado cuidado administrativo.
1988 – el derecho a un recurso imparcial
En 1981, la estudiante de Lausana Marlène Belilos fue multada por participar en una manifestación no autorizada. Ella impugnó la acusación, alegando que se encontraba en otro lugar en ese momento. Después de que una junta policial rechazara su apelación, los tribunales suizos hicieron lo mismo argumentando que no podían revisar los hechos del caso. Invocando el artículo 6 de la Convención, Belilos acudió directamente a Estrasburgo y, en 1988, ganó un veredicto que “generó ondas de electroshock en el sistema judicial suizo», según Evelyne Schmid, de la Universidad de Lausana. En 2024 parece una obviedad que si una autoridad suiza presenta una demanda contra alguien, la persona concernida tiene derecho a impugnar los hechos ante un tribual independiente.
En 1988, las cosas eran distintas: el veredicto de Belilos provocó en el Senado el debate de una moción que solicitaba abandonar la Convención, pero esta fue rechazada por un solo voto.
1992 – en nombre de la igualdad
Cuando Susanna Burghartz se casó con Albert Schnyder en Alemania en 1984, la pareja adoptó el apellido de ella como apellido familiar y se convirtieron en Susanna Burghartz y Albert Schnyder Burghartz. Según la ley alemana, todo estaba bien. Pero en Basilea, donde vivían, las autoridades estaban menos entusiasmadas con la idea: insistieron en registrar a la pareja con el apellido Schnyder, y obligaron a Albert a abandonar el Burghartz, las autoridades argumentaban que sólo las mujeres podían tener un doble apellido. El poder judicial de Estrasburgo no estuvo de acuerdo: no hay justificación razonable para la desigualdad de trato en materia de apellidos, dictaminaron en 1992. Unas décadas más tarde, Suiza aún seguía discutiendo sobre las normas de asignación de apellidos.
2011 – los límites del tribunal, parte 1
Aunque hay una larga lista de casos desde siempre, tener éxito no es algo común: la mayoría de los expedientes (concretamente, el 94% de los que se han presentado contra Suiza hasta 2023) han sido considerados inadmisibles o se anulan. Esto se debe a que el mandato del tribunal europeo es claro: no se ocupa de impugnaciones abstractas contra leyes generales. Así, cuando algunos musulmanes suizos se inconformaron ante una prohibición en 2009 de construir minaretes en Suiza, perdieron principalmente porque no pudieron demostrar que sus derechos humanos se hubieran visto directamente afectados: no hubo demostración de una condición de personas víctimas. La prohibición de construir minaretes puede ir o no en contra de la libertad religiosa, pero sólo cuando se le discrimina de forma concreta -por ejemplo, si cuando las autoridades rechazan la solicitud de construir una mezquita con minarete- puede recurrirse a la CEDH.
2014 – la oscura sombra del amianto
En 2005, Hans Moor murió de cáncer de pulmón. La razón de su enfermedad fue la exposición al amianto durante toda su vida laboral. Tras su muerte, su esposa, Renate Howald Moor, continuó con el proceso judicial que Hans había iniciado al ser diagnosticado, exigiendo a su antiguo empleador, el fabricante ferroviario Alstom, una indemnización por los daños y perjuicios recibidos. El esfuerzo fue en vano: las autoridades judiciales suizas dictaminaron que se aplicaba un plazo de prescripción de 10 años tras la última exposición al amianto. Pero Estrasburgo juzgó que tal limitación temporal vulnera claramente los derechos de las personas con enfermedades, ya que estas suelen ser objeto de diagnóstico varias décadas más tarde. En estos casos, el plazo de prescripción debe adaptarse, según dictaminó el tribunal en 2014.
2024 – los límites del tribunal, parte 2
El cambio climático es otro tema delicado cuando se trata de calibrar el impacto «directo» que tiene. El planeta se va calentando poco a poco, las causas son difusas y también los efectos globales. En la jerga del Consejo de Europa se trata de un «tema transversal«. Sin embargo, en abril de 2024, tras conocer el caso presentado por un grupo de mujeres suizas, el TEDH fue claro: el Estado suizo no cumplía sus obligaciones internacionales en materia climática y había vulnerado los derechos de las mujeres, según se dictaminó. El veredicto saltó a los titulares de todo el mundo y provocó un fuerte rechazo en Suiza, donde atizó los debates latentes sobre el alcance del mandato del tribunal europeo. Incluso las autoridades suizas se mostraron relativamente indiferentes ante el veredicto, pero en 2025 tendrán que demostrar al Consejo de Europa que lo están aplicando.