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Proyecto “Recuperación de suelos Pozo El Huite”.

SMA inicia procedimiento para determinar si el proyecto de áridos El Huite debe someterse a evaluación ambiental.

El proyecto, ubicado en la Región Metropolitana, consiste en el relleno de pozos lastreros -en los que se extrajo previamente áridos- con residuos provenientes de construcciones y demoliciones.

20 de diciembre de 2024

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en contra de Rellenos del Maipo, titular del proyecto “Recuperación de suelos Pozo El Huite”, que se encuentra ubicado en la comuna de Buin, Región Metropolitana.

El proyecto se encuentra asociado a la unidad fiscalizable “extracción de áridos El Huite”, el cual consiste en la nivelación y relleno de pozos lastreros -en los que se extrajo previamente áridos- con material inerte y residuos provenientes de construcciones y demoliciones, catalogados como no peligrosos por la autoridad sanitaria.

Este caso cuenta con cuatro denuncias las cuales dieron origen a una investigación de la Superintendencia. En este marco, se realizaron actividades de fiscalización, consistentes en una inspección ambiental y se requirió información al titular. Como resultado de estas actividades, la Superintendencia recabó antecedentes que permitieron concluir que existen los indicios suficientes para iniciar un procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA, en virtud de lo establecido en el literal i) del artículo 10 de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y desarrollado en el subliteral i.5.1 del artículo 3 del Reglamento del SEIA.


A partir de los hechos verificados, el titular habría llevado a cabo una modificación en el proyecto, relacionada con la recuperación de suelos a ejecutar. Esto conllevaría obras que cambian la extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales del proyecto original, el cual cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental favorable. En particular, su ejecución implicaría nuevos impactos ambientales en el componente aire, suelo, emisiones acústicas y viales.

Respecto de lo anterior, la Superintendenta Marie Claude Plumer, explicó que “es importante indicar, que este acto no constituye por sí mismo un requerimiento de ingreso al SEIA, sino que da inicio formal al procedimiento administrativo, con el objetivo de recabar toda la información necesaria que permita a la Superintendencia determinar si corresponde o no exigir el ingreso al sistema”.

El titular tendrá un plazo de 15 días hábiles, a contar de la notificación, para enviar observaciones, alegaciones o pruebas que estime.

 

Vea resolución N°2306  y expediente REQ-026-2024

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