Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el martes 9 de enero recién pasado– analizó el proyecto de ley de “Reforma constitucional que modifica el gobierno judicial y crea un Consejo de Nombramientos Judiciales”. Informe que fue enviado a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados, el miércoles 17 de enero.
“Que, a modo de conclusión, el proyecto de reforma constitucional contenido en los diversos boletines refundidos, plantea modificaciones sustanciales al diseño institucional y funcional del Poder Judicial chileno. Los principales objetivos de estas iniciativas son separar las funciones jurisdiccionales de las de gobierno judicial, modernizar los procesos de nombramientos judiciales, fortalecer la independencia de los jueces y abordar problemáticas asociadas a la gestión de recursos, los conflictos de interés y la transparencia”, plantea el informe.
El oficio agrega que: “Se reitera que la Corte Suprema, en su Acta N°134-2024 manifestó su postura, compartiendo el diagnóstico general sobre la necesidad de implementar estas reformas, en especial en lo referido a la separación de funciones jurisdiccionales y las que no tienen ese carácter, así como a la modernización del sistema de nombramientos. No obstante, existen discrepancias importantes respecto de las formas propuestas para implementar dichas modificaciones, que en muchos casos no consideran plenamente las implicancias prácticas ni las complejidades del sistema judicial actual”.
“Así, las propuestas en torno a la creación de órganos autónomos destinados a asumir las funciones administrativas y de gobierno judicial representan intenciones positivas que pudieran implicar avances significativos. Sin embargo, los diseños institucionales propuestos presentan carencias, especialmente en cuanto a la composición, autonomía y competencias de dichos órganos. Además, las iniciativas no siempre se alinean con el modelo propuesto por la Corte Suprema, que prioriza una estructura mixta con predominio de integrantes provenientes del Poder Judicial”, añade.
Para el pleno de ministros: “Por otro lado, los cambios sugeridos en materia de nombramientos judiciales buscan establecer criterios basándonos en principios de carácter objetivo, técnico y profesional, de independencia y no discriminación, fundados en el mérito y la transparencia, lo que, desarrollado adecuadamente por el legislador, permitirá elevar el estándar de calidad profesional en la provisión de los cargos”.
“Sin embargo, los detalles normativos y procedimentales de los sistemas propuestos presentan inconsistencias que podrían generar dificultades en su implementación. Además, la ausencia de una planificación integral en áreas conexas, como los traslados, permutas y destinaciones, plantea riesgos operativos para el funcionamiento continuo y eficiente del sistema judicial”, advierte.
Asimismo, el informe consigna que: “Respecto de la eliminación de los abogados integrantes, la Corte Suprema valora positivamente la intención de mitigar los riesgos de conflictos de interés. Sin embargo, la propuesta debe acompañarse de una adecuación normativa coherente que garantice la continuidad operativa de los tribunales. Asimismo, se requiere prever mecanismos adicionales para suplir la función actualmente desempeñada por estos colaboradores”.
“En cuanto a la regulación de la ética profesional de los profesionales no colegiados, las propuestas representan un avance al asignar competencia a los tribunales ordinarios para declarar infracciones éticas e imponer sanciones. No obstante, la falta de un marco normativo claro podría generar incertidumbre jurídica tanto para los profesionales involucrados como para los tribunales llamados a resolver dichas reclamaciones”, releva.
“En términos generales, aunque las iniciativas avanzan en abordar los desafíos estructurales del sistema judicial chileno, muchas de las propuestas carecen de precisión técnica y previsión normativa, lo que podría comprometer su eficacia y viabilidad práctica. Una reforma de esta magnitud requiere no solo una adecuada fundamentación normativa, sino también una planificación detallada que permita prever y mitigar los desafíos operativos y jurídicos que puedan surgir durante su implementación”, afirma la Corte Suprema.
“Aunque el proyecto apunta en la dirección correcta y aborda problemáticas relevantes, su aprobación debería supeditarse a una revisión exhaustiva de sus disposiciones y de sus implicancias prácticas. En consecuencia, en este informe se reitera la propuesta elaborada por la Corte Suprema, contenida en el Acta N°134-2024, en especial, la necesidad de contar con un órgano o consejo compuesto mayoritariamente con jueces, que permita garantizar un sistema de nombramientos más transparente y objetivo, pero que también contemple un real conocimiento de la judicatura y sus competencias para el cargo, para evitar una politización en la carrera judicial que afecte la independencia de sus miembros”, reitera el pleno.
“Asimismo, es fundamental que las reformas propuestas garanticen coherencia normativa, operatividad práctica y alineación con los principios de independencia, transparencia y eficiencia que deben guiar el funcionamiento del Poder Judicial, por lo que se vuelve a insistir en la necesidad de efectuar un traspaso paulatino que contemple el financiamiento necesario para adecuar la reforma a los requerimientos prácticos que implica un cambio de tal envergadura en el sistema de nombramientos y gobierno judicial”, concluye.
Puedes ver el informe aquí.