La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la demanda de cobro de derechos de autor interpuesta por la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales (SCD), en contra de la empresa Patos Producciones Limitada, por el supuesto uso y difusión de obras del repertorio de la demandante, en un concierto realizado en noviembre de 2015, en el Teatro Caupolicán, al confirmar la sentencia dictada por el 17º Juzgado Civil de Santiago.
El fallo de primer grado refiere que, “(…) si bien, la absolución de posiciones puede solicitarse como diligencia de prueba”, la producida en juicio no resulta suficiente para verificar los fundamentos de la pretensión entablada, “(…) toda vez que los hechos categóricamente afirmados en su respectivo pliego de posiciones no permiten, por sí solos, acreditar la concurrencia de los hechos constitutivos de las infracciones que se imputan, y tampoco puede emplearse dicha diligencia para subsanar la falta de antecedentes concretos que permitan establecer el quantum de lo debido”.
Agrega la sentencia en alzada, “(…) que la demandante no puede pretender con el solo mérito de aquello, pretender exonerarse de su deber de prueba, ya que estimar lo contrario, y darle mérito para acreditar los hechos a la absolución de posiciones, podría constituir una hipótesis de abuso del derecho”.
Concluye el fallo que, “(…) al no lograr probarse la ejecución de aquellas piezas sonoras en el evento en cuestión por la actora, no resulta posible determinar la efectividad de haberse infringido la Ley de Propiedad Intelectual de la forma señalada en el libelo pretensor, debiendo rechazarse por ello la demanda incoada”.
Vea fallo de primera instancia aquí.
Vea fallo de Corte de Apelaciones aquí.