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Constató inacción y negligencia de las autoridades.

Italia debe adoptar una “estrategia global” para abordar caso de grave contaminación ambiental causada por incendios en vertederos ilegales, resuelve el TEDH.

De acuerdo con el “principio de precaución” y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la detección del problema de contaminación, el Estado no puede alegar la imposibilidad de determinar con exactitud los efectos específicos que la contaminación pudo haber tenido sobre la salud de un demandante en particular para eludir su obligación de protección respecto a los demás demandantes.

12 de febrero de 2025

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió las demandas interpuestas contra Italia por la inacción de las autoridades en el marco de un caso de vertido de residuos y contaminación ambiental en la zona de “Terra dei Fuochi” (Campania, Italia). Constató una violación del artículo 2 (derecho a la vida) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al estimar acreditado que el Estado italiano no respondió a esta situación de extrema gravedad con la diligencia y rapidez requeridas, a pesar de los graves perjuicios causados a la población local.

La «Terra dei Fuochi», una zona que abarca 90 municipios, ha sido objeto de prácticas ilegales de eliminación de residuos desde 1988. Investigaciones parlamentarias identificaron vertederos clandestinos en las provincias de Caserta y Nápoles, controlados por organizaciones criminales. Los métodos de eliminación incluían el entierro en canteras y terrenos agrícolas, la incineración al aire libre y la mezcla con materiales de construcción, resultando en contaminación del suelo, agua y aire.

Los informes médicos y científicos señalaron un aumento en enfermedades oncológicas y diversas afectaciones a la salud de los residentes de la zona. No obstante, la respuesta estatal ha sido objeto de críticas debido a la insuficiencia de medidas disuasorias, dificultades en la aplicación de sanciones y retrasos en los planes de saneamiento. A pesar de múltiples investigaciones parlamentarias el problema persiste, por lo que algunos afectados demandaron al Estado ante el TEDH.

En su análisis de fondo, el Tribunal observa que, “(…) se reconoce la existencia de un riesgo «suficientemente grave, real y verificable» para la vida, que también puede calificarse de «inminente». De acuerdo con el «principio de precaución» y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la detección del problema de contaminación, el Estado no puede alegar la imposibilidad de determinar con exactitud los efectos específicos que la contaminación pudo haber tenido sobre la salud de un demandante en particular para eludir su obligación de protección respecto a los demás demandantes”.

Comprueba que, “(…) no existen pruebas suficientes de que las autoridades hayan proporcionado una respuesta sistemática, coordinada y global a la situación en la Terra dei Fuochi. Observa que los avances en la evaluación de los efectos de la contaminación han sido extremadamente lentos, cuando en realidad se requeriría una actuación rápida. Identifica un problema generalizado en Campania en cuanto a la coordinación y asignación de responsabilidades en la gestión de la descontaminación, lo que impide una visión global de las áreas que aún requieren intervención. El Gobierno declaró que se habían implementado numerosas medidas para determinar los efectos de la contaminación sobre la salud, incluyendo un refuerzo en la detección del cáncer”.

Agrega que, “(…) sin embargo, la mayoría de estas medidas se adoptaron solo después de 2013. Dado el retraso en la respuesta de las autoridades, estas no actuaron con la diligencia requerida para evaluar los efectos de la contaminación en la salud de la población de la Terra dei Fuochi. El Gobierno proporcionó únicamente siete ejemplos de condenas por delitos ambientales que, según las autoridades, estaban relacionados con el problema en cuestión. Teniendo en cuenta la duración de la crisis, se considera que estos casos no son suficientes para ofrecer una imagen completa de la situación”.

El Tribunal concluye que, “(…) dada la magnitud, complejidad y gravedad de la situación, era necesaria una estrategia de comunicación global y accesible, que informara activamente a la población sobre los riesgos potenciales o reales para la salud y las medidas adoptadas para mitigarlos. No obstante, dicha estrategia no fue implementada. De hecho, parte de la información permaneció clasificada como secreto de Estado durante un período prolongado. En general, las autoridades italianas no abordan el problema con la diligencia requerida por la gravedad de la situación. El Estado italiano no hizo todo lo que estaba obligado a hacer para proteger la vida de los demandantes”.

Al tenor de lo expuesto, el Tribunal ordenó al Estado adoptar las siguientes medidas para abordar el problema: 1- desarrollar una estrategia global que reúna las medidas existentes y futuras; 2- implementar un mecanismo de supervisión independiente; 3- crear una plataforma única de información pública sobre la “Terra dei Fuochi”.

Vea sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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