La Corte de Apelaciones de Santiago admitió a trámite un recurso de protección interpuesto en contra de Red de Televisión Chilevisión S.A., y en contra de varios usuarios de “X” (ex Twitter), por la divulgación no autorizada de datos personales del recurrente.
El actor relata los hechos ocurridos en noviembre de 2019, cuando causó lesiones a una persona y maltrató a su perro, hechos por los que fue condenado y cumplió la sentencia correspondiente. Tras el incidente, el párroco del lugar lo contactó y lo instó a reunirse con los familiares de la afectada. En estas reuniones, se le solicitó su información personal y se tomaron fotografías sin su consentimiento, generando en él un fuerte temor debido a las amenazas de daño económico y judicial por no cumplir con las exigencias de los afectados.
A pesar de su disposición a reparar el daño, la situación empeoró cuando, en meses posteriores, fue objeto de una campaña de deshonra pública que incluyó la divulgación no autorizada de su imagen, su nombre y el video del incidente. Esta campaña, llevada a cabo en medios de comunicación y redes sociales, tuvo un efecto devastador en su vida personal y profesional, generando serios daños en su salud mental, sus relaciones familiares y sociales, y su carrera profesional, llevándolo incluso a evitar establecer nuevas relaciones debido al desprestigio continuo.
Denuncia que la campaña de deshonra, sumada a las amenazas previas de cárcel y daños patrimoniales, le ha ocasionado un daño irremediable, afectando no solo su bienestar, sino también el de su madre, quien depende de él.
A pesar de los esfuerzos por alcanzar un acuerdo justo para reparar el daño, las exigencias económicas desproporcionadas de la querellante y la constante exposición pública en las redes sociales continúan afectando profundamente su vida.
Denunció la vulneración de sus garantías constitucionales del derecho a la honra y a la propia imagen, aseguradas en el artículo 19 N° 4 de la Constitución.
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En este contexto, solicita que se ordene la eliminación inmediata de las publicaciones.
La Corte declaró admisible el recurso de protección y solicitó informe a Red de Televisión Chilevisión S.A., que deberá evacuarlo en el término de cinco días.
Respecto de los usuarios de la red social “X” (ex Twitter), se apercibió al recurrente a aportar mayores antecedentes respecto de las cuentas, dentro de quinto día, bajo apercibimiento de tenerlos por no presentados.
Vea resolución Corte de Santiago Rol N° 2333/2025 y texto del recurso.