La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por la Fundación Defensoría Migrante en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y la Policía de Investigaciones de Chile, por destruir la cédula de identidad de un ciudadano peruano y negar su reimpresión.
El actor sostuvo que tal actuación es ilegal y arbitraria, ya que vulnera su derecho a mantener la residencia definitiva y la protección de su familia, lo que afecta sus derechos fundamentales. Expuso que, siendo residente definitivo con una cédula vigente hasta 2025, al intentar reimprimirla por un problema con el chip, fue informado de que su estatus migratorio era irregular desde 2021, lo cual contradice una resolución no firme sobre la revocación de su permiso. La destrucción de su cédula le impide acreditar su residencia y realizar trámites esenciales, lo que afecta su integridad y derechos civiles. Solicitó la restitución de su documento de identidad.
El Servicio de Registro Civil e Identificación informó que carece de competencia para otorgar, prorrogar o revocar permisos de residencia, función que corresponde al Servicio Nacional de Migraciones. Afirmó que su labor se limita a emitir cédulas de identidad y que, dado que el recurrente tiene su permiso de residencia revocado, no puede solicitar una nueva cédula hasta regularizar su situación migratoria. Además, aseguró no haber incurrido en actos discriminatorios al aplicar las normas vigentes.
La PDI se refirió a su falta de competencia en la tramitación de permisos de residencia y su rol en la fiscalización de la legalidad de la estadía de extranjeros, sin implicaciones en la revocación de permisos. Además, informó que no existen órdenes de aprehensión, arresto, arraigo ni expulsión vigentes contra el recurrente.
La Corte de Santiago rechazó la acción, tras concluir que no existe un acto u omisión arbitraria o ilegal que vulnere los derechos constitucionales del actor.
La solicitud de residencia definitiva del recurrente fue revocada en octubre de 2021, encontrándose actualmente en trámite de impugnación.
Además, determinó que su situación migratoria es irregular, lo que le impone la obligación de regularizar su estatus ante la autoridad correspondiente.
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Por otro lado, estableció que la Policía de Investigaciones no tiene competencia en el acto imputado, y que el Servicio de Registro Civil actuó dentro de los límites establecidos por la normativa vigente, ya que la emisión de documentos requiere que el solicitante esté en situación migratoria regular.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó el recurso de protección.
Apelado este fallo la Corte Suprema lo confirmó.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°49732/2024 y Corte de Santiago Rol N° 10996/2024 (Protección).