Dos de los cinco condenados por la violación grupal ocurrida durante los Sanfermines de 2016 han solicitado una rebaja en las penas que el Tribunal Supremo les impuso, fijadas en 15 años de prisión. Los hombres piden que se aplique la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, para revisar su sentencia, lo que ha dado lugar a una nueva solicitud ante la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, tribunal que originalmente dictó la condena.
Este caso, que fue uno de los más mediáticos de la última década en España, continúa generando debate sobre las leyes de consentimiento sexual y la aplicación de nuevas normativas. Los condenados alegan que los recientes cambios legislativos podrían llevar a una revisión favorable de sus penas, aunque el tribunal aún no ha emitido una resolución al respecto.
Antecedentes
En 2018, el Tribunal Supremo ratificó la condena de 15 años para los cinco acusados por la violación de una joven durante las fiestas de San Fermín en Pamplona en 2016. Este caso, que originalmente fue calificado como abuso sexual, provocó una gran polémica en España y movilizó a miles de personas en las calles, exigiendo una reforma en la legislación sobre delitos sexuales.
Con la nueva Ley Orgánica 10/2022, que otorga un enfoque más estricto hacia la libertad sexual y el consentimiento explícito, se abren posibilidades para la revisión de condenas previas bajo ciertos parámetros.
En julio de 2024, el Tribunal Supremo confirmó la rebaja de la pena de 15 a 14 años de prisión para Ángel Boza, uno de los cinco condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016. Esta decisión se basó en la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, conocida como la ley del ‘sólo sí es sí’, que permite la revisión de penas en casos de delitos sexuales.
Noticia Relacionada
Posteriormente, en febrero de 2025, dos de los otros condenados, José Ángel Prenda y Jesús Escudero, solicitaron la revisión de sus penas, buscando una reducción similar. El Gobierno de Navarra se ha opuesto a estas solicitudes, argumentando que no existen condiciones jurídicas para una rebaja automática de las penas y que cada caso debe evaluarse individualmente, considerando la gravedad del delito y las circunstancias específicas.
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra está actualmente evaluando estas solicitudes de revisión de penas. Se espera que la decisión final tenga implicaciones significativas en la interpretación y aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’, así como en la protección de las víctimas de delitos sexuales en España.