El Segundo Tribunal Ambiental celebrará una audiencia de conciliación y prueba, en el marco de una demanda de reparación de daño ambiental deducida en contra de un grupo de compañías mineras y de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI), por parte de un grupo de sociedades y comunidades agrícolas.
Al efecto, cabe recordar que la referida causa se originó a raíz del funcionamiento de la Planta de Beneficio de Minerales de Catemu, construida por la ENAMI en el año 1973 para el tratamiento de minerales insolubles de cobre y posteriormente adquirida por una de las compañías demandadas en la causa.
En este contexto, las demandantes aducen en primer lugar que, producto de una serie de actividades realizadas en la mencionada planta, se genera una gran cantidad de polvo en suspensión que, por el régimen de vientos existente en la zona, se trasladan fácilmente hasta sus plantaciones de cítricos y de paltos, afectando principalmente a aquellos sectores plantados que se encuentran más cercanos a la faena.
Asimismo, exponen que la situación ha llegado a generar en la actualidad daños evidentes en las plantas y consecuencialmente en la producción, lo que se traduce en las diversas y constantes infracciones en que ha incurrido la demandada al no dar cumplimiento a las mínimas normas ambientales para generar un sistema de producción limpia.
En segundo lugar, denunciaron en su libelo la contaminación de aguas, por cuanto en el proceso de beneficio de minerales, se emplean grandes cantidades de agua que resultan altamente contaminantes y que no pueden ser restituidas a los cursos sin ser tratadas previamente.
Conforme a lo anterior, el Tribunal Ambiental de Santiago fijó audiencia de conciliación y prueba, la que se llevará a cabo el día jueves 2 de octubre, a las 15:00 horas.
Vea texto íntegro del expediente D-9-2014.
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