Antecedentes generales.
Un sábado 7 de octubre de 2023 comenzó la ofensiva israelí en Gaza con más de 42.500 personas muertas entre los ataques a Palestina y al Líbano a un año del inicio del conflicto; por otra parte y con fecha 24 de febrero de 2022 Rusia por su parte inicia la denominada “operación militar especial” en territorio ucraniano que al mes de septiembre se presupuesta un aproximado de 81.000 combatientes muertos entre rusos y ucranianos; además, ya en su momento Armenia y Azerbaiyán reportaba aproximadamente 200 muertos por ataques con misiles.
Desde los términos de la segunda guerra mundial en 1945 es que se constituye Naciones Unidas con un gran propósito central, tal como establece el Art. 1 de su Carta de Constitución el que corresponde a “Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz…” (Organización de Naciones Unidas, 1945), pero la máxima problemática internacional se ha hecho lamentablemente más recurrente, siendo parte de la historia actual la guerra de Corea; de Vietnam; de los Balcanes; de Irak; de Siria; Afganistán; Cenepa, entre otras, recordando además que Chile estuvo al borde de la guerra con Argentina en 1978 y que fue detenida a último momento.
Sobre el derecho internacional humanitario.
Es verdad que en las escuelas de derecho al momento de cursar Derecho Internacional Público se enseñan los métodos pacíficos de resolución de conflictos y que los Derechos Humanos son (según algunos autores) superiores en jerarquía a los intereses de los Estados, pero la realidad humana supera a la realidad jurídica, siendo al parecer el interés de los Estados superior al respeto de los DDHH. Entonces, se manifiesta que no solo se resuelven conflictos a través del sometimiento a los Tribunales Internacionales o al mutuo acuerdo entre las potencias, sino que también mediante el “Ius ad bellum” y el “Ius contra bellum”, esto significa el uso de la guerra para alcanzar objetivos propios por parte de los Estados y la prevención de la guerra o el uso de la legitima defensa internacional para repeler la fuerza que ejerce la potencia enemiga.
Luego de analizar estos dos términos es importante conceptualizar el Derecho Internacional Humanitario ya que muy poco se enseña en las escuelas de Derecho, correspondiendo según lo expone el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) “es una rama del derecho de carácter puramente humanitario, que intenta limitar el sufrimiento” (Comité Internacional de la Cruz Roja, SF). Entonces, esta rama del Derecho Internacional tiene un objetivo y este es el de regular la conducción y/o métodos que se ejecutan los conflictos armados internacionales y no internacionales regulado en gran parte por en los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos, agregando además los medios que se usan en la guerra entre los que destacan la Convención Relativa a las Leyes y Costumbres de la Guerra Terrestre; el Tratados de Proscripción de Armas Nucleares; la Convención sobre Municiones de Racimo; la Convención Sobre Ciertas Armas Convencionales; entre otras.
Como señala el CICR “el objetivo del DIH es limitar el sufrimiento causado por la guerra mediante la protección y la asistencia a sus víctimas en la medida de lo posible. Por lo tanto, aborda la realidad de un conflicto armado sin considerar las razones o la licitud del recurso a la fuerza”, por lo tanto, independiente de existir el pleno uso de la fuerza en la guerra debe existir un grado de humanidad entre los combatientes armados y aquellos despojados del armamento y, entre estos y los civiles que no participan del conflicto. Considerando además la protección que este derecho le entrega a determinadas personas como lo son el personal del servicio de sanidad de las fuerzas beligerantes y el personal de salud civil; aquellos pertenecientes al servicio religioso y Diplomáticos.
La realidad mundial.
La historia reciente ha dado la razón a esta postura ya que, independiente de existir una regulación internacional; independiente de que Naciones Unidas mediante su Consejo de Seguridad intente intervenir en el porvenir de la guerra esta no es capaz de evitar la lid, considerando los medios con los que esta cuenta, su composición y la distribución de poderes dentro del Consejo de Seguridad. El problema además recae en el poder que cada Estado tiene para librar y/o evitar una guerra combinado con la influencia que estos ejercen a nivel mundial para obtener apoyo en el despliegue de las fuerzas o no.
Un claro ejemplo es lo ocurrido con el 1 de octubre de 2024 día en el que Irán ejecuta un ataque con misiles balísticos en territorio de Israel, territorio ocupado por civiles y Fuerzas de Defensa Israelí, pero por sobre todo de civiles. Por otra parte, con fecha 29 de septiembre de 2024 Israel ataca a territorio del Líbano intentando descabezar a lideres de Hezbolá matando a Hasán Nasralá la cabeza de la guerrilla, trayendo consigo un aproximado de 30 civiles muertos. Hay que recordar que en mayo de 2024 Hamás atacó con cohetes a Tel Aviv en Israel afectando a civiles protegidos por el DIH.
A miles de kilómetros de distancia Rusia y Ucrania combaten sin cesar ejecutando combates en campo abierto como en localidades, siendo el caso de la ciudad de Hroza el 6 de octubre de 2023 donde Rusia ataco con un misil matando de forma inmediata a 52 personas, así también se reporta que Rusia ha hecho uso de municiones de racimo en contra de ciudad de Járkov, armamento totalmente prohibido por el DIH y que atenta contra los Derechos Humanos sin lugar a dudas, aumentando en forma desproporcional el sufrimiento que las personas que viven en ciudades donde se desata la guerra. Además, Rusia en Kursk según reporta Euronews y con el objetivo de frenar la avanzada ucraniana hizo uso de una bomba termobárica capaz de calcinar al enemigo y debido a la alta combustión que produce asfixiar a quienes se encuentran cercanos a la detonación, esto configura un arma nociva.
Es esencial destacar lo señalado por el Stockholm International Peace Research Institute respecto a la cantidad de ojivas nucleares desplegadas en el mundo, siendo un total de 12.121 repartidas entre EE. UU. (5.044), Rusia (5.580), Reino Unido (225), Francia (290), China (500), India (172), Pakistán (170), Corea del Norte (50) e Israel (90). Independiente de existir tratados para el desarmen del armamento nuclear muchos países siguen sus investigaciones y aumentan la producción de armas nucleares, sistema de armas que naturalmente atenta contra el DIH (Stockholm Internacional Peace Research Institute, 2024).
Palabras finales.
Es evidente que el uso de armas nocivas forma parte en la práctica de los medios usados en combate, los Estados las tienen y hoy están siendo visualizadas por todo el mundo a través de los medios de comunicación y las redes sociales. ¿Será esta la coyuntura para desatar un conflicto a mayor escala a nivel mundial por el uso indiscriminado de este tipo de armas?, considerando que el DIH a pesar de existir es hoy un derecho muerto y que su aplicación se ve tan difícil como la de desarmar a los Estados en actual conflicto.
La realidad internacional esta atacando de forma directa no solo a lo establecido en el Derecho Internacional Humanitario, a las políticas internacionales de prevención de la guerra al respeto a los Derechos Humanos y al actual reinado de Naciones Unidas en el control del orden internacional, sino que además a familias compuestas por hombres, mujeres y niños totalmente ajenos a los conflictos armados, que no solo pierden su trabajo o su propiedad sino que también su integridad física, psíquica y sus vidas. (Santiago, 2 de octubre de 2024)
Bibliografía
Comité Internacional de la Cruz Roja. (SF). Jus ad bellum y jus in bello. Obtenido de https://www.icrc.org/es/derecho-y-politicas/jus-ad-bellum-y-jus-bello
Organización de Naciones Unidas. (1945). Carta de Constitución de Naciones Unidas. Obtenido de https://www.un.org/es/about-us/un-charter
Stockholm Internacional Peace Research Institute. (2024). Role of nuclear weapons grows as geopolitical relations deteriorate—new SIPRI Yearbook out now. Obtenido de https://www.sipri.org/media/press-release/2024/role-nuclear-weapons-grows-geopolitical-relations-deteriorate-new-sipri-yearbook-out-now
Muy interesante análisis pero, ¿cuál sería la solución o ella no existe?