Consagración en Chile de la exigencia de interés legítimo (IL) para el tratamiento de DP, y la inviabilidad jurídica de fundamentarse en él para legalizar el marketing directo y eludir las exigencias del opt in.
A veces el tratar datos personales para desempeñar funciones relacionadas con una actividad empresarial, puede que no esté necesariamente justificado por una obligación legal o que no sea para ejecutar las condiciones de un contrato previo con una persona, sino por la concurrencia de un interés legítimo.