Columnistas
Maximiliano Ravest
Efecto relativo o general de las sentencias.
A primera vista pareciera que nuestro sistema considera un efecto relativo de las sentencias, lo que tiene efectos en todo el sistema institucional. En este sentido, quien establece reglas generales es el legislador y quien resuelve los temas particulares son los jueces. Esto contrasta con el sistema norteamericano, donde las sentencias de la Corte Suprema generan el denominado precedente, y sus efectos son vinculantes para el resto del sistema jurídico, cosa que no pasa en Chile debido a que las sentencias, aparentemente, tienen efectos relativos, y los jueces siempre reivindican su total independencia para resolver los casos particulares sometidos a su conocimiento.
Una salida político constitucional para Chile.
Los chilenos debemos optar el próximo 4 de septiembre por el texto constitucional que nos permite un mayor encuentro y que sea el puente adecuado para pasar a una Constitución que de verdad nos una a todos. En lo personal, me parece que la opción rechazo ofrece una mejor salida político constitucional para Chile, debido a la que Constitución vigente se puede reformar por 4/7 de los parlamentarios en ejercicio y por una serie de dificultades que plantea la propuesta de la Convención Constitucional.
¿Por qué voto rechazo?
Como estamos en presencia de una Carta Fundamental legítima, considero necesario tener presente que la estabilidad constitucional es beneficiosa para las naciones.
La nueva división de poderes: El conflicto de la Contraloría con el Poder Judicial.
Se requieren dos reformas importantes: la primera, pensar en qué casos los fallos de la Corte Suprema deben tener efectos generales, para así no afectar la igualdad ante la ley; y la segunda, que todas las contiendas de competencias sean conocidas por el TC.
Un proceso constituyente con muchas dudas.
La convocatoria del gobierno a un proceso constituyente que desembocará en una nueva Constitución me provoca muchas dudas.
¿Quién fiscaliza las infracciones a la normativa sobre propaganda electoral?
Si se mantiene el criterio contenido en la STC 2981, la Magistratura Constitucional debería afirmar que son los Juzgados de Policía Local los llamados a conocer de las infracciones a la normativa sobre propaganda electoral.
El gran límite del legislador: el derecho a la vida.
De aprobarse el proyecto, el derecho a la vida, protegido en el Artículo 19 Nº1 de la Constitución, se convertiría en el único derecho fundamental que puede ser afectado en su esencia impunemente.
Probidad y Transparencia: Principios fundamentales del Estado.
La probidad y transparencia son principios fundamentales para los funcionarios públicos y los ciudadanos. Su aplicación efectiva significará tener un Chile con menos corrupción y más justo para todos nuestros compatriotas.
El abogado, un servidor de la Justicia.
Don Alejandro Silva Bascuñan nos acaba de dejar. Sin embargo, su legado permanecerá entre nosotros y se traspasará de generación en generación. Tuve el honor de trabajar para él y puedo dar testimonio de sus grandes cualidades humanas, de su sencillez, del empeño con que hacía todas las cosas a pesar de su avanzada edad. […]
Cambios de composición: el Tribunal Constitucional de Chile v/s la Corte Suprema de EE.UU.
En nuestro país, se debate poco sobre las personas que componen el Tribunal Constitucional, debido a tres razones: por el mecanismo de elección empleado; por el impacto de las sentencias del tribunal; y por la poca presencia del tribunal en los medios.
Asociaciones y Corporaciones Municipales. Escapando del Derecho Público.
La Ley N° 20.527, ha modificado la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, incorporando interesantes reformas en la normativa de las Asociaciones y Corporaciones Municipales. Esta norma legal da vida al artículo 123 de la Constitución que establece: “La ley establecerá fórmulas de coordinación para la administración de todos o algunos de los municipios, […]
La Teletón y la Dignidad de la Persona Humana.
«Muchas cosas se comentan sobre esta institución y sobre el espectáculo artístico conocido como las “27 horas de amor”, pero más allá de ello, quisiera reflexionar sobre las lecciones que nos deja la Teletón en relación a la dignidad de la persona humana».
¿Parlamentarios-Ministros y Ministros-Parlamentarios?.
El primer caso de un parlamentario nombrado como ministro fue el de Carolina Toha, lo que fue considerado conforme a la Carta Fundamental por el Tribunal Constitucional en Rol 1357. El Tribunal razonó que el artículo 59 de la Constitución no prohibía que un parlamentario asumiera como Ministro de Estado, si no que prohibía que […]
Regulación Jurídica de la Educación.
La Constitución distingue entre el derecho a la educación (art. 19 N°10) y la libertad de enseñanza (art. 19 N°11). Las diferencias entre estas garantías fundamentales se refieren básicamente al sujeto activo de la garantía. En el primer caso, los estudiantes y en el segundo las personas naturales, jurídicas o entidades morales que realicen actividades […]