Columnistas

Matías Vidaurre
Estudiante de quinto año de Derecho en la Universidad Católica Silva Henríquez. Actualmente se desempeña como ayudante de la cátedra de Introducción al Derecho II.

Los cuidados no remunerados y su recepción en la jurisprudencia chilena.

Lo novedoso de esta sentencia, causa Rol C-294-2023, no es que el juzgador considere a las labores de cuidados como elemento a considerar para establecer la cuantía de los alimentos, habida consideración que la ley así lo exige, sino que la novedad radica con la forma en que avaluó los cuidados, ya que la ley nada dijo sobre aquel relevante tópico, debiendo el sentenciador subsanar dicha omisión a falta de texto expreso, sin perjuicio que podrá, fundadamente, criticarse si aquella fórmula de cálculo es la óptima o no, aunque aquello deba reservarse para otra ocasión.

14 de octubre de 2024


El sistema de pago de pensiones alimenticias: Aspectos pendientes en el Derecho Sucesorio.

Considero urgente y necesario el consagrar a las y los deudores alimenticios como indignos de suceder al causante, para que en definitiva se les sancione por haber cometido aquellos un hecho socialmente repudiable, como es el incumplir el derecho-deber de los alimentos para con sus descendientes, tan necesario para la subsistencia y realización formal como material de los mismos, sanción que además puede leerse desde una doble óptica.

7 de agosto de 2023


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