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Sebastián Albayay
Cincuenta años de discusión constitucional en materia de recursos naturales: las aguas y las minas como eje central del debate.
No es sino hasta el borrador de la Convención Constitucional presentado hace algunos días donde se pretende realizar una modificación sustancial respecto a la gestión y organización jurídica de los recursos naturales. Con la incorporación de principios ecológicos y ambientales derivados principalmente del desarrollo de discursos provenientes de ecología política, y de la inclusión expresa de elementos consagrados en tratados internacionales.
Constitución y organización de los recursos naturales en Chile.
Ad portas de la construcción y escritura de una Nueva Constitución, es importante reflexionar sobre la regulación constitucional que se les otorgará a los recursos naturales y el sentido de la misma, por lo que un análisis de las raíces de la normativa actual y sus consecuencias, nos puede dar luces para una mejor gestión de este tipo de bienes a partir de la norma constitucional.
Replanteándose el principio de subsidiariedad a propósito del modelo de gestión de las aguas continentales en Chile.
Ad portas de un cambio constitucional, un debate necesario de realizar es el de cómo plantearemos el rol del Estado en la asignación y distribución de los recursos naturales.