Avisos Legales
Posesión efectiva de la herencia testada de doña Teresa de Jesús Ramírez Rojas.13 de noviembre, 2024 a las 12:10 am
EXTRACTO
1° Juzgado Civil de Rancagua, causa ROL V – 363 – 2023, por sentencia de 13 de Julio de año 2024, concédase la posesión efectiva de la HERENCIA TESTADA quedada al fallecimiento de DOÑA TERESA DE JESÚS RAMÍREZ ROJAS, CÉDULA DE IDENTIDAD 5.182.366 – 4, ocurrido el 19 de agosto de 2023 en Machalí lugar de su último domicilio a favor de sus sobrinos: don Oscar Lautaro García Ramírez, cédula de identidad 9.756.360 – 8; doña Mary Jeannette Ramírez Cornejo, cédula de identidad 11.527.909 – 2; doña Estefany Romina Quiroga Ramírez, cédula de identidad 18.724.212 – 6; y doña Myriam Jacqueline Ramírez Cornejo, cédula de identidad 11.757.098 – 3; todos en partes iguales y en calidad de herederos testamentarios a título universal, respecto de los bienes quedados al fallecimiento del causante conforme a las cláusula cuarta del testamento solemne abierto, otorgado en la ciudad de Rancagua el 8 de noviembre de 2018 ante el Notario Público Titular don Eduardo De Rodt Espinosa, repertorio número 3.814-2018 del registro de instrumentos públicos. Regístrese, dese copia, publíquese y protocolícese en una de las Notarías de esta ciudad el inventario de los bienes del causante. Remítase copia del auto de Posesión Efectiva al Servicio de Registro Civil e Identificación de Rancagua. Regístrese, anótese y archívese en su oportunidad. Sentencia rectificada con fecha 9 de octubre de 2024, mediante resolución que en lo referido, expresa: “I.- …, modificándose la Sentencia de Autos en su parte resolutiva N°2: I, en aquella parte en que indica: “todos en partes iguales y en calidad de herederos testamentarios a título universal, respecto de la bienes quedados al fallecimiento del causante”…, debiendo reemplazarse por lo siguiente: “todos en partes iguales y en calidad de herederos testamentarios a título universal, respecto de los bienes quedados al fallecimiento del causante.”. II.- Rija en todo lo demás dicha Sentencia que no se encuentre dentro de las presentes enmiendas y téngase la presente, como parte integrante de la Sentencia para todos los efectos legales y su notificación.