Cartas al Director

Ordenanza contra incendios, año 1812.

Octavio Campusano

20 de agosto de 2024


El 20 de agosto de 1812, el gobierno de Dn. José Miguel Carrera, aprueba el gasto de cien pesos que para costear herramientas preventivas para cortar los incendios, y aunque la guardia de la cárcel no puede desamparar su puesto como tan riesgoso a la misma seguridad está a pocos pasos de la prevención, cuyo principal destino es ocurrir a los casos de esta naturaleza, y auxiliar en cuanto permite esta guardia.

El Gobierno está persuadido que tomando una razón general en cada uno de los cuatro cuarteles que cada maestro de tienda de ciudad, de los carpinteros, herreros y albañiles, podrá  ordenarse que cada maestro de tienda de carpintería ocurriera, bajo una multa, en su respectivo cuartel, con sierra, azuela y hacha; el de herrería con barreta, y el de albañearía con su plana y escalera, por cuyo medio estaría abundantemente socorrido el incendio. Pero, sobre todo, debía empeñar su celo la Municipalidad en que se construyera, mejor que herramientas, una o dos bombas de incendio, manuales y bastantes a recurrir con prontitud, que es el recurso más seguro, y adoptado en los países cultos.

Octavio  Campusano Tapia

Historiógrafo

Círculo de Estudios José Miguel Carrera

 

 

 

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