También es justo reconocer la preocupación -y por eso la pregunta- de quienes ponen en tela de juicio el carácter violento de algunas marchas, manifestaciones o concentraciones. Pensando en ellos consideramos importante resaltar que el TC (hace 18 años) ya indicó que deberá procederse a la inmediata detención de toda persona que atenta contra la integridad física de las personas y/o mediante violencia causa grave daño a la propiedad pública o privada.
Cartas al Director
En las deliberaciones del órgano colegiado, cada juez trae consigo su forma de enfocar el asunto y su personalidad, lo que influye en mayor o menor grado en la resolución final. Esto puede generar diversas opiniones dentro del grupo, pero a través de la colegiación, se contrarrestan las singularidades de los jueces y se depuran subjetividades en la decisión. La confrontación de puntos de vista ayuda a alcanzar una decisión más objetiva y justa, reflejando lo que es justo desde un punto de vista más amplio y colectivo.
Prof. Diego Palomo Vélez
Respecto a la actual Constitución que se encuentra en elaboración por el Comité de Expertos desplegados por representantes de partidos políticos, ¿cuáles serán los lineamientos dentro de esta propuesta 2023 frente a la comunidad LGBTIQIA+?, ¿esta será un promotor o un de limitador de Derechos para la comunidad? e, inclusive, ¿acaso se mencionará a la comunidad LGBTQIA+ en algunos de los artículos de la Propuesta Constitucional 2023?
Hernán Eduardo Caro Campos
Es menester recalcar que la vulnerabilidad de la mujer embarazada privada de libertad, es una fragilidad “temporal”, que termina con el parto y, la indefensión relacionada al cuidado del hijo menor, expira cuando el pequeño cumple una edad determinada. En cambio, la vulnerabilidad de la vejez y enfermedad -sabemos- es progresiva -en especial en cárceles carentes de infraestructura médica ad hoc- y solo termina con la muerte de la persona.
Carla Fernández Montero
En efecto, el CPTPP, a diferencia del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones de 1996, permite someter una reclamación a las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), como también acordar cualquier otra institución arbitral o reglas de arbitraje, flexibilizando las posibilidades para los inversionistas. Además, estas alternativas permiten otorgar mayor certeza jurídica a éstos al contar con más alternativas de solución de controversias.
Nicolás Vassallo
Entidades relevantes de la sociedad (universidades) prefieren acallar las denuncias y no activar y/o no iniciar protocolos de acción que proteja a las víctimas, relativizando las denuncias.
Carolina Mora Uribe
Esta norma introduce un factor no deseado de opacidad en los procesos de selección de los directivos superiores de instituciones de singular importancia para el sector de la cultura y las artes, y, además, importa una severa limitación para la búsqueda de las personas más calificadas para dirigir dichas entidades patrimoniales.
Gustavo Adolfo Cárdenas Ortega
El largometraje ha causado una gran efusión en estos días, empapelando los edificios y pintando las calles de la ciudad de rosa. Evidenciando que son este tipo de eventos y estrenos, los que llaman la atención de la ciudadanía. ¿Por qué no se ha visto en las calles y/o edificios información de los y las Constituyentes? ¿O es que sólo se pueden pintar y empapelar infraestructuras privadas con información de comercio y del mundo del espectáculo?.
Hernán Eduardo Caro Campos
La garantía de acceso a una justicia civil efectiva es un derecho humano fundamental. Implica que todas las personas, sin importar su posición social o económica, tengan igualdad de oportunidades para acceder a los tribunales y hacer valer sus derechos. Este acceso no puede ser simplemente teórico; debe ser real y efectivo. La justicia civil efectiva no solo consiste en la posibilidad de presentar una demanda, sino también en obtener una respuesta pronta y adecuada.
Prof. Diego Palomo Vélez
Más allá de las distintas perspectivas sobre el concepto de servicios culturales, es importante destacar que el proyecto de ley podría representar un avance para el desenvolvimiento de iniciativas culturales y el reconocimiento de las asociaciones y cultores del patrimonio del país. Si bien se enfoca específicamente en aspectos de carácter tributario, su impacto podría ser más amplio, facilitando el ejercicio de los derechos culturales de la ciudadanía y de los trabajadores y trabajadoras del sector cultural y patrimonial.