Las violaciones a los derechos humanos cometidas por algunos militares y carabineros con posterioridad al 11 de septiembre si bien son injustificables, son comprensibles considerando el ambiente de odio que se vivía —que dividió a los chilenos en dos bandos irreconciliables y que los llevó al borde de una guerra civil— la agresión terrorista y las gravísimas violaciones a tales derechos cometidas por quienes llevaban a cabo una violencia subversiva y revolucionaria, la que debió ser reprimida por las fuerzas de orden y seguridad del Estado a fin de conservar el orden público, obligación esencial de todo gobernante.
Cartas al Director
El artículo 2º de la ley Nº 18.772 dice que Metro SA tiene por objeto la realización de todas las actividades propias del servicio de transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos u otros medios eléctricos complementarios, y servicios de transporte de superficie mediante buses o vehículos de cualquier tecnología, así como las anexas a dicho giro, pudiendo con tal fin constituir o participar en sociedades y efectuar cualquier acto u operación relacionados con el objeto social.
Patricio Herman
Irónicamente en el primer otrosí acompañan como documento una nota de prensa de El Mercurio, (y cito textual nuevamente) «donde se señala que el Ministro de Educación se declaró como Activista LGBTQ+ en reunión con organizaciones sociales». El resto se cuenta solo.
Matías Eduardo Vidaurre Vilo
Toda esta discusión no resulta baladí, ya que es solo la “punta del iceberg” de la discusión principal, que es la pertinencia o no para los tribunales de alzada del otorgamiento de la pena mixta a los condenados por causas de DDHH, cuestión que esta abogada defiende y basa justamente en el respeto irrestricto al principio de irretroactividad penal y que exige para decidir la concesión de la pena mixta, dejar fuera la Ley 20.603-2012 (art. 1°), que excluyó de este beneficio a ciertos condenados por estos delitos.
Carla Fernández Montero
El pasado 4 de julio de 2023, la Excma. Corte Suprema acogiendo una casación en el fondo, ha pasado a pronunciarse en torno al rol activo que deben mantener las Superintendencias en sus sectores regulados. La presente sentencia implica dar un paso más en el camino de recoger una teoría de la “luz verde” en relación al Derecho Administrativo chileno, estableciendo que las normas no se constituyen como una mera limitación al poder del Estado, sino que también confieren facultades para realizar, promover y garantizar activamente los fines públicos encomendados.
Juan Manuel Ananía
La grave crisis de corrupción por la que atraviesa el gobierno desde su instalación admite un profundo análisis en el que cabría preguntarse si Chile es un país con corrupción circunstancial o sistémica. Comporta especial preocupación la cantidad de casos, por lo demás, dignos de estudio en dos dimensiones que son las que le interesan particularmente a la opinión pública: la ética y la del derecho a estar informados sobre lo que sucede con transparencia.
María José Labrador Blanes
Hoy se cumplen 211 años, de la presentación a la ciudadanía del Símbolo de Libertad: la Primera Bandera de Chile, creada bajo el gobierno del Gral. José Miguel Carrera Verdugo, bordada por Xaviera Carrera, un significativo emblema para nuestro país.
Octavio Campusano Tapia
La experiencia internacional muestra que la pérdida de confianza en las instituciones dificulta la estabilidad de los países, manifestándose, por ejemplo, en menor disposición ciudadana a pagar impuestos y respetar las leyes. Chile, muestra en diversas mediciones una caída sostenida en la confianza de sus ciudadanos hacia las instituciones, y si no se abordamos esta temática decididamente nos exponemos a una degradación irreversible de nuestra sociedad.
Gustavo Campos
Para esta abogada esto no resulta baladí, ya que las sanciones disciplinarias van escalando en intensidad, pudiendo llegar a afectar mis derechos fundamentales (como el derecho de propiedad, el derecho a defensa jurídica y el derecho a la libertad de trabajo, por mencionar algunos) y lo más importante, los derechos fundamentales de mis defendidos, que ante una eventual “suspensión del ejercicio de la profesión”, dejarían de contar con una defensa.
Carla Andrea Fernández Montero
la reacción de los “sectores oficialistas” no se ha hecho esperar, tildando estas ideas de “extrema derecha” (de verdad, ¿se pueden considerar tal?); señalando que “sería una imposición de la mayoría” (¿no consiste en eso la democracia?); y agregando que si ellas prosperan “se alejarán en el plebiscito de salida los votos de los sectores más progresistas” (esperemos qué decide la ciudadanía).