Cartas al Director

Permisos de edificación.

Patricio Herman

18 de febrero de 2023


Durante mucho tiempo para otorgarse permisos de edificación era necesario que el titular del proyecto de viviendas o de equipamientos, que consideraban 250 y 150 estacionamientos, respectivamente, tuviera aprobado un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU).
Ahora esa modalidad ha sido reemplazada por un Informe de Mitigación Vial (IMIV) que se necesita solo para aquellos proyectos que produzcan un impacto significativo en el estándar de servicio del sistema de movilidad local, el que también aprobado se requiere para la obtención de los permisos de edificación.
Algunos actores del mercado de la construcción están proponiendo que estos IMIV aprobados se exijan solo para la obtención de las recepciones finales de obras de los proyectos, según dicen, para reducir la burocracia.
Dado que ello carece de la más mínima racionalidad y si queremos facilitar la tramitación de los permisos de edificación, le proponemos al gobierno que en este ámbito de materias se aplique el mismo criterio vigente que existe para los trámites ambientales. En efecto, una vez que estén aprobadas las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y/o los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), el titular del proyecto que se somete al SEIA puede iniciar sus obras.
Como modificar la regulación respectiva es muy fácil, esperaríamos que los proyectos inmobiliarios sometidos a los IMIV no se exijan para la obtención de los permisos, sino para el inicio de obras.
Patricio Herman
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