El Tribunal Constitucional ha estado sometido a múltiples críticas durante la última década. Estas críticas han apuntado fundamentalmente a su naturaleza política: se ha argüido que se trata de una verdadera “tercera cámara legislativa”, que limita el ejercicio democrático. Ha sido una discusión ardua, intensa, que se desplegó con todas sus fuerzas durante los fallidos procesos constitucionales. Pese a todo, sigue sin ser zanjada.
En este contexto, ¿cómo entender el Tribunal Constitucional actual? Un proyecto de ley reciente nos aporta una lectura, por muy mínima que pudiese ser, de una posible nueva visión. El proyecto en cuestión es nada menos que la reforma “SERNAC te protege”, discutido actualmente en el parlamento, que se refiere a un asunto en el que el TC ya intervino el 2018, de manera sumamente controversial, declarando inconstitucional la reforma que pretendía darle al SERNAC potestades sancionatorias.
Las consideraciones del fallo del 2018 difícilmente podrían repetirse con la conformación actual del TC. Los nuevos nombramientos y las tendencias jurídicas de los jueces que hoy conforman el tribunal hacen pensar que poderes sancionatorios otorgados al SERNAC serían considerados en la actualidad como plenamente constitucionales.
Aun así, en lugar de ignorar el fallo del 2018, el proyecto de ley optó por respetarlo expresamente, diseñando parte de su normativa como respuesta a los argumentos que fundaron la inconstitucionalidad de la reforma anterior. Esta preocupación se observa en el mensaje del proyecto, así como en varias de sus reglas: sin descuidar su sentido primordial (proteger a los consumidores), la reforma se preocupa de establecer barreras entre divisiones administrativas dedicadas a la sanción de otras (de fiscalización o litigación), y prevé una serie de contrapesos robustos a las potestades sancionatorias del SERNAC.
Bajo una perspectiva cínica, podría pensarse que la motivación de los autores del proyecto es meramente pragmática. La consideración del fallo del 2018 podría ser hacer al proyecto más atractivo para políticos conservadores, que siguen siendo escépticos con la posibilidad de atribuir facultades sancionatorias al SERNAC, facilitando así la tramitación del proyecto.
Pero esta mirada no es la única posible. Bajo una perspectiva algo más optimista, esta faceta del proyecto puede ser considerada como una reivindicación, o el menos preservación, de la institucionalidad. El proyecto reconoce que el TC, se concuerde o no con sus decisiones, es un tribunal que permanece en el tiempo, cuyo “espíritu” o posición institucional excede los meros vaivenes políticos.
Esta visión, que se observa también en el debate parlamentario, puede impulsar una nueva etapa en la consideración del Tribunal Constitucional chileno. La crítica a su carácter político, sin perjuicio de su lucidez técnica, se puede ver debilitada frente a actuaciones institucionales como esta reforma, que relevan la estabilidad e importancia de las decisiones del TC en cuanto tales, concuerden o no con las visiones de los agentes políticos de turno.
Es cierto que la discusión política actual parece carecer de consensos transversales que unifiquen la conducción de políticas públicas. Por supuesto, la influencia de la política en el TC no puede descartarse. No obstante, la consideración por la institucionalidad que subyace al proyecto “SERNAC te protege” muestra cierta coordinación y respeto institucional que puede resultar provechoso.
Tomás Izquierdo
Arturo Salazar