Actualidad Internacional

Fue creado por la Constitución Española de 1978.

Tribunal Constitucional de España: composición, organización y competencias.

Es un órgano constitucional independiente que controla la constitucionalidad de las leyes y de los tratados internacionales y garantiza la defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Resuelve los conflictos de competencias entre los órganos del Estado, los del Estado con las comunidades autónomas y los de estas entre sí.

24 de diciembre de 2024
Restricciones a la adquisición de acciones.

Normativa alemana que prohíbe a un inversor puramente económico participar en una sociedad de abogados no contraviene el Derecho de la Unión, resuelve el TJUE.

Esta restricción a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales está justificada por razones imperiosas de interés general. Un Estado miembro puede considerar que un abogado no puede ejercer su profesión de manera independiente, si forma parte de una sociedad en la que determinados socios son personas que actúan exclusivamente como inversores puramente económicos, sin ejercer la profesión de abogado.

23 de diciembre de 2024
Derecho al respeto de la vida privada y familiar.

Eslovenia violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos por contravenciones al debido proceso durante juicio para determinar custodia de menores de edad, resuelve el TEDH.

El hecho de que los tribunales internos no garantizaran que los intereses de los niños fueran representados de manera adecuada en el procedimiento relativo al derecho de visitas y la custodia, constituye en sí mismo una violación del derecho de los niños al respeto de su vida familiar.

23 de diciembre de 2024
Viola la libertad de expresión.

Norma que prohíbe difundir contenidos sobre “familias no tradicionales” a menores de edad, se declara inconstitucional por el Tribunal Constitucional de Lituania.

El marco normativo debe interpretarse en el contexto de una definición neutral en cuanto al género del concepto de familia, conforme a la Constitución. Asimismo, consideró que la disposición anulada presentaba una redacción ambigua y generaba restricciones que afectaban el contenido informativo relacionado con modelos familiares no tradicionales.

22 de diciembre de 2024
Libertad de expresión.

Autoridades deben abstenerse de bloquear a usuarios en sus cuentas de redes sociales sin causa legitima, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.

Bloquear a un usuario del debate público que tiene lugar en la cuenta de la red social X de una entidad territorial, creada como una vía de interacción multilateral, constituye un acto de censura proscrito por el artículo 20 de la Constitución Política, siempre que el bloqueo no persiga una finalidad legítima, como proteger los derechos de las personas y defender el debate transparente.

22 de diciembre de 2024
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