TC de Bélgica declaró constitucionalidad de norma que prohíbe el uso en espacios públicos de vestimentas que oculten por completo el rostro de una persona.
«el ejercicio de estos derechos puede quedar sujeto a otras restricciones que las que, bajo la ley, sean necesarias en una sociedad democrática, en virtud de la seguridad nacional, seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o la moral, o para la protección de los derechos y libertades de los demás».