Uso de una grabación de seguridad para reconocer al imputado como autor de un delito de robo no vulnera el debido proceso.
Los registros de video vigilancia captados en espacios públicos y de libre acceso al público, pueden ser utilizados por la policía para el reconocimiento de imputados, pues no existe norma en el Código Procesal Penal que lo prohíba, por ende, el uso de estas imágenes no constituye un acto autónomo sin autorización.