Derecho de acceso a la información pública presupone la existencia material de la misma. El reclamante no puede exigir la reconstitución de elementos extraviados, eliminados o perdidos.
El actor alegó que el CPLT, al entender justificada la negativa a entregar los antecedentes requeridos dada su inexistencia, contrarió sus propios instructivos; argumento que fue desechado, por cuando el reclamo debe basarse en una infracción de ley.