Norma del Auto Acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección que faculta a las Cortes de Apelaciones a solicitar informe a terceros, se ajusta a la Constitución.
El ejercicio de la facultad conferida a los tribunales resulta armónica con la naturaleza cautelar de la acción de protección, que busca restablecer el derecho y asegurar la protección del afectado.