SERVEL deberá entregar información de donaciones efectuadas por el Partido Comunes a la candidatura del periodista René Naranjo a la Convención Constitucional.
Se trata de información de naturaleza pública decide el CPLT
Se trata de información de naturaleza pública decide el CPLT
Decisión que adoptó el CPLT al tratarse de antecedentes de naturaleza pública que permiten la correcta fiscalización del destino de los caudales públicos.
Decisión obedece a que el peticionario logró comprobar la existencia de un oficio de 1983 en el cual la DGA especificaba la forma de proceder en estos casos. Además en la contradicción en que incurrió en la respuesta donde negó que existieran los antecedentes solicitados con otra anterior que envió al CPLT.
Se recomendó al CDE ajustar su plataforma a los estándares de la ley 21.180 sobre transformación digital del Estado y sugirió al reclamante presentar un nuevo requerimiento de información acotando los datos y período de manera de facilitar la búsqueda del organismo público.
El Instituto de Salud Pública es quien se encuentra en mejor posición para responder aquella solicitud por sus funciones técnicas.
El Consejo adoptó esta decisión dado que la Subsecretaría no dio respuesta al solicitante y tampoco efectuó descargos u observaciones una vez conocido el amparo en su contra.
La decisión fue adoptada por el CPLT ante la falta de respuestas del órgano requerido, sin perjuicio de que el Servicio puede comunicar que no cuenta con estos antecedentes, para lo cual deberá indicar detalladamente los motivos.
La entrega de estos datos no implica una afectación a la seguridad del Estado o seguridad de las personas, y tampoco puede ser catalogada de peligrosa para el funcionamiento de esta rama de las fuerzas armadas.
En virtud del principio de máxima divulgación, se encuentra en la necesidad de responder a los requerimientos del solicitante en forma amplia, sin perjuicio, de no verse obligado a suministrar datos que exceden la órbita de lo requerido o se encuentren bajo la causal de reserva legal o constitucional.
El Consejo para la Transparencia adoptó esta decisión dado que el Servicio Nacional de Migraciones no dio respuesta al solicitante y tampoco efectuó descargos u observaciones una vez conocido el amparo en su contra