Corte de San Miguel rechazó recursos de protección por tala de árboles.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó una serie de recursos de protección presentados por vecinos de la comuna de San Bernardo.
La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó una serie de recursos de protección presentados por vecinos de la comuna de San Bernardo.
El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el inciso primero del artículo 230 del Código Procesal Penal, referido a la oportunidad para formalizar la investigación.
Las gestiones pendientes invocadas inciden en autos sobre recurso de reclamación en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, incoadas ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso sobre reclamación incoada por la actora en contra de la Resolución DGA Exenta N° 569, de 9 de marzo de 2012, de la Dirección General de Aguas, que se encuentra actualmente pendiente ante la Excma. Corte Suprema.
El TC rechazó un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba la primera frase del inciso cuarto del artículo 70, y el inciso segundo del artículo 64, ambos del Libro IV del Código de Comercio.
En su sentencia, la Magistratura Constitucional expuso, en esencia, que la norma impugnada no importa una discriminación arbitraria entre particulares que actúan en el sistema eléctrico.
La gestión pendiente invocada incide en un proceso por acumulación de infracciones seguido ante el Primer Juzgado de Policía Local de Valparaíso.
El TC no hizo lugar a un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 15 y 16 del Decreto Ley N° 2.695 que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
Se dedujo acción de protección en contra del Jefe del personal del Comando Conjunto Austral de las Fuerzas Armadas, por parte de una particular, a fin de que se declarara ilegal y arbitraria la negativa de adquirir una serie de medicamentos y atención médica.
La Corte Suprema, conociendo de la apelación de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, confirmó el fallo de primera instancia y rechazó el arbitrio constitucional.