Norma que limita la procedencia del recurso de apelación “sólo” a algunas resoluciones de los Tribunales Ambientales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
Al impedir el control por un Tribunal Superior la norma es inconstitucional, ya que a pesar del carácter de especializado que tiene el Tribunal Ambiental, no es suficiente para eximir sus decisiones del control jerárquico que establece el Poder Judicial, razona el voto en contra.