Corte de Santiago confirma multa contra banco por infracciones en respuesta a requerimientos de la Ley Antifraudes.
La Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la autoridad fiscalizadora.
La Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar arbitrario de la autoridad fiscalizadora.
La Sexta Sala del tribunal de alzada consideró que se debe mantener reserva de la información al tratarse de un acuerdo entre dos particulares.
La Novena Sala del tribunal de alzada descartó que la entrega la información afecte comercialmente a las aerolíneas.
La jueza descartó el decaimiento de la acción de cobro y confirmó la sanción.
La Quinta Sala del tribunal de alzada estableció el actuar ilegal del municipio al dictar el decreto que rechazó la renovación de las patentes sin mayor fundamentación que le dé sustento.
La magistrada descartó infracción en la resolución impugnada, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Poniente que le impuso una multa de 36 UTM a la empresa de venta de prendas de vestir y calzado vía internet.
La Tercera Sala del tribunal de alzada descartó infracción en la resolución de la autoridad fiscalizadora que sancionó al club, como organizador del evento deportivo, por disponer de una menor cantidad de guardias que los requeridos; menor número de cámaras de vigilancia en funcionamiento y permitir el ingreso de elementos prohibidos y la obstrucción de vías de evacuación.
El Tribunal de alzada descartó infracción en el proceso sancionatorio.
No es posible soslayar que la solicitud de cambio de local llevaba en tramitación, sin ser resuelta, por el término de dos años, al momento de formularse los cargos.
El tribunal de alzada estableció el carácter reservado de la información, cuya entrega puede afectar la seguridad nacional.