Reclamos de Ilegalidad

Con prevención.

Expulsión de ciudadano venezolano que ingresó al país por un paso no habilitado se confirma por la Corte Suprema.

Consideró que la expulsión del extranjero se encuentra debidamente fundamentada en la Ley de Migraciones, ya que ingresó irregularmente al país. Tuvo en cuenta que el reclamante no acreditó la persecución alegada en razón de su orientación sexual ni tampoco presentó una solicitud de refugio, y que el arraigo laboral invocado fue posterior a la resolución de expulsión.

12 de noviembre de 2024
Reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces.

Mujer casada en sociedad conyugal se presume separada de bienes si gravó un bien en favor del SERVIU, y se rige por las reglas del artículo 150 del Código Civil.

El fallo estableció que la mujer casada en sociedad conyugal, al adquirir, hipotecar o gravar un inmueble en las instituciones mencionadas en el artículo 11 de la Ley 16.392, se presume separada de bienes de pleno derecho, aplicándose las reglas del artículo 150 del Código Civil.

9 de noviembre de 2024
Fallo confirmado por la Corte Suprema, con voto en contra.

Expulsión de ciudadana venezolana que ingresó por paso no habilitado se ajusta a la legalidad y no infringe derecho a la reunificación familiar al no haber acreditado suficientemente sus vínculos familiares en Chile.

Resolvió que la autoridad migratoria atendió las consideraciones estipuladas en la Ley N°21.325 y no halló antecedentes suficientes que justifiquen la permanencia de la actora, evidenciado por la ausencia de vínculos familiares debidamente acreditados en Chile.

5 de noviembre de 2024
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

Subsecretaría de Salud Pública debe entregar información relacionada con uso de insecticida DIAZINON 40 WP, ya que las comunicaciones generadas en el ejercicio de funciones públicas son de carácter público, resuelve la Corte de Santiago.

Acogió la reclamación al considerar que las comunicaciones generadas desde casillas institucionales, en el ejercicio de funciones públicas, deben considerarse públicas, conforme al principio de transparencia establecido en la Ley 20.285 y la Constitución. Puesto que se utilizan con presupuesto público y en cumplimiento de competencias estatales, su acceso es fundamental para garantizar la transparencia y evitar la creación de canales secretos que obstaculicen el control ciudadano.

24 de octubre de 2024
Reclamo de ilegalidad rechazado en alzada.

Expulsión de ciudadana venezolana que ingresó por paso no habilitado se ajusta a la legalidad, resuelve la Corte Suprema.

El máximo Tribunal resolvió que las alegaciones de ser madre de un menor de nacionalidad venezolana inserto en el sistema escolar chileno y de contar con una propuesta de contrato de trabajo condicionado a la obtención de los permisos migratorios requeridos, no tienen la entidad suficiente para impedir la expulsión.

22 de octubre de 2024
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

Resolución del CPLT que ordenó al CDE entregar información relacionada a un litigio pendiente, se deja sin efecto por la Corte de Santiago.

Acogió la reclamación al considerar que, si bien es pública la información elaborada con presupuesto público y aquella que obra en poder de los órganos de la Administración, salvo excepciones, ello no implica que se deba crear nueva información, especialmente cuando se refiere a la defensa del Fisco en un juicio pendiente.

16 de octubre de 2024
Decisión de Amparo dictada por el CPLT.

Gendarmería debe entregar actas e informes sobre internos a defensor público que las requirió para ejercer adecuada defensa penitenciaria, resuelve la Corte de Santiago.

Desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el CDE contra decisiones de amparo del CPLT que ordenaron su entrega, puesto que la negativa de acceso a esta información, sustentada en la causal de «distracción indebida» conforme al artículo 21 N°1 letra e) de la Ley N°20.285, y afectación de derechos de terceros, no es procedente.

5 de octubre de 2024
Reclamo de ilegalidad rechazado en alzada.

Multa de 51 UTM por la omisión de un colegio de informar a los apoderados del segundo proceso vacunatorio para rezagados, que resultó en la vacunación doble de una alumna de cuarto básico, se confirma por la Corte Suprema.

Resolvió que el municipio, al no informar debidamente a los apoderados sobre el proceso vacunatorio, incumplió lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 2009 del Ministerio de Educación, que establece el derecho de los miembros de la comunidad escolar de ser informados debidamente respecto de todo aquello que, directa o indirectamente, incida en el proceso educativo de sus hijos.

2 de octubre de 2024
Páginade 35