TGUE indica que los Estados miembros son los únicos competentes para determinar quien debe representarlos en las reuniones del Consejo Europeo.
Desestima recurso en el que se solicitaba que se declarara que el Consejo Europeo se había negado ilegalmente a impedir que el Primer Ministro checo, participase en las reuniones de esta institución relativas a la adopción del marco financiero.