Norma que limita el recurso de apelación a la sentencia definitiva de primera instancia y resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación en juicios de arrendamiento de bienes raíces urbanos, no produce efectos inconstitucionales.
El debido proceso exige racionalidad y justicia en los procedimientos y precisamente lo racional, y también lo justo, incluye una adecuada celeridad en la tramitación de los juicios, lo cual supone que los recursos, particularmente aquellos a interponer para ante un tribunal superior, estén limitados, en el caso de las resoluciones intermedias, de manera de evitar dilaciones excesivas.