Norma que restringe causales del recurso de casación en la forma contra sentencias dictadas en juicios regidos por leyes especiales, no produce resultados contrarios a la Constitución.
La normativa impugnada no vulnera el principio de igualdad, ya que la distinción entre procedimientos especiales y generales se justifica en la naturaleza misma de los juicios especiales, los cuales requieren reglas específicas para su adecuado desarrollo.