Hijos no pueden condonar la deuda por pensión de alimentos del padre, porque afecta los derechos adquiridos de la madre, quien asumió la totalidad de la obligación alimentaria.
En los juicios de alimentos, la madre que demanda las pensiones en representación de los hijos, mientras la deuda del alimentante se encuentra insoluta, se entiende que las ha pagado de su propio patrimonio.