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Corte Suprema no es una institución de educación superior.

Proyecto de ley devuelve a las Universidades la facultad de otorgar el título de Abogado.

La iniciativa se centra en hacer efectiva la coherencia entre los principios de autonomía universitaria, potestades jurisdiccionales y no académicas de la Corte Suprema, el respeto al principio de igualdad ante la ley, como al de presunción de inocencia, en el marco del trámite y requisitos para obtener el título de abogado.

1 de enero de 2023
Recurso de amparo rechazado.

Corte de Temuco mantiene en prisión preventiva en penal de Valdivia a Martín Pradenas.

El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción constitucional que buscaba el retorno del amparado al Centro Penitenciario de Nueva Imperial, tras establecer que se mantiene la necesidad de cautela y que no se vislumbrar que la resolución cuestionada haya vulnerado derechos fundamentales, como la libertad personal y seguridad individual del amparado, en los términos planteados por la defensa.

30 de diciembre de 2022
Recurso de casación en el fondo rechazado.

No procede alegar infracción a las normas reguladoras de la prueba sobre la base de hechos no reconocidos por el tribunal, resuelve la Corte Suprema.

El demandante no pudo acreditar su dominio respecto del inmueble que pretendía reivindicar, acusando una errada valoración de las pruebas. Para el máximo Tribunal, tal reclamo se condice con una disconformidad con el resultado del juicio, y no con errores de derecho que persigue el recurso de nulidad sustancial.

27 de diciembre de 2022
Recurso de protección acogido por Corte de Coyhaique.

“Funa” en contra de profesora a la que se acusó de maltratar física y psicológicamente a sus alumnos al sugerir a una apoderada que le enseñe a su hijo a mejorar su higiene, dañan directamente el derecho a la honra.

Una publicación de dichas características sólo puede tener como fin, extender hacia los demás miembros del conglomerado social, la aversión, animosidad y aborrecimiento de los recurridos hacia la actora, ejecutando actos que riñen con el buen convivir en un estado de derecho.

26 de diciembre de 2022
Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Declaraciones del Diputado Johannes Kaiser evidencian un trato peyorativo y agresivo contra víctimas de la dictadura militar por delitos de lesa humanidad, lo que se encuadra en un discurso de odio, resuelve la Corte Suprema.

Los dichos vertidos por el recurrido configuran una vulneración a la honra de la recurrente y su hermano ejecutado, de manera que la libertad de expresión debe ejercerse dentro de márgenes de respeto de los derechos fundamentales de otras personas, especialmente cuando aquellas no tienen la oportunidad de rebatir las afirmaciones que se realizan.

20 de diciembre de 2022
Páginade 80