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Solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa.

CS rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que acogió demanda de nulidad de testamento otorgado en 2016 por testador de 107 años de edad que padecía demencia senil.

El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que confirmó la resolución de base que acogió la demanda principal de nulidad absoluta de testamento y desestimó la acción reconvencional de revocación de testamento.

28 de diciembre de 2020
Jueces del grado desconocieron la naturaleza y objeto del contrato celebrado por las partes.

CS acogió un recurso de casación y condenó a los propietarios de un terreno a pagar una indemnización de $ 3.500.000 como cláusula penal por la venta de un bosque de pino radiata que resultó de un tamaño menor al ofertado.

Resulta útil señalar que reiteradamente se ha resuelto que corresponde a los jueces del grado interpretar los contratos, y ello escapa al control de esta Corte. Esta sólo puede intervenir cuando se atribuye a los contratos efectos diversos de los que prevé la ley; y cuando se desnaturaliza el contrato al interpretarlo.

11 de diciembre de 2020
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