Judicial

Fallo confirmado por Corte Suprema.

Noticia sobre atentado incendiario en zona sur no vulnera derechos fundamentales al mencionar a empresa como denunciante, prevaleciendo el derecho a la información.

De frente a la develación de un hecho de interés general o público, ha de prevalecer -mediante la aplicación de un criterio de ponderación- la libertad de información por sobre el derecho al honor o al de la imagen, puesto que en este particular caso la sociedad tiene derecho a formarse opinión acerca de la denuncia de que se dio cuenta en la noticia difundida por el medio de comunicación social recurrido. Además, consideró que no existe una razonable claridad, en orden a que las amenazas recibidas por el actor sean una necesaria consecuencia de la noticia publicada.

7 de febrero de 2025
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.

Capitana que notificó llamado a retiro temporal de funcionario del Ejército que arrojó positivo para cannabis, carece de legitimación pasiva para ser sujeto pasivo de la acción de protección.

Efectivamente la recurrida no dictó la resolución que el actor estima ilegal y arbitraria, sino que a ella solo le correspondió, en su calidad de Oficial de Personal del Ejército, notificar la referida resolución, careciendo por tanto de facultades para resolver o pronunciarse acerca de los aspectos que se pretende impugnar por esta acción constitucional. Si se examina el petitorio del recurso, se advierte que se solicita que la funcionaria deje sin efecto la resolución exenta que constituye el acto recurrido, para lo cual evidentemente ella no tiene competencia.

7 de febrero de 2025
Recurso de protección acogido.

Impedir a estudiante universitario rendir examen de titulación fundado en la existencia de una deuda es un acto ilegal y discriminatorio.

El actuar de la recurrida debe ser calificado como un acto ilegal que vulnera el derecho constitucional de igualdad ante la ley, al imponer requerimientos que, siendo ilegales, se tornan discriminatorios. Tal actuar afecta la garantía de la igualdad ante la ley contemplada en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución, toda vez que ha dado al actor una diferencia de trato en relación con otros estudiantes que se encuentran en la misma condición, impidiéndole ilegítimamente completar su proceso de titulación.

7 de febrero de 2025
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Rechazo de solicitud de arriendo de inmueble fiscal no vulnera derechos fundamentales del recurrente, ya que basa en la situación jurídica del bien.

No se ha incorporado ningún antecedente que permita establecer que el rechazo obtenido en su postulación haya significado una discriminación, dado que, las decisiones administrativas no fueron tomadas en consideración a la situación de la recurrente, sino en atención a la situación jurídica, técnica y administrativa del inmueble postulado en arriendo, siendo su trato similar al que hubiera recibido cualquier otra persona.

7 de febrero de 2025
Invalidación de oficio por la Corte Suprema, con voto en contra.

Fuerza Aérea incurrió en falta de servicio al autorizar maniobra de alto riesgo a estudiante con dificultades en su formación, causando accidente fatal para él y su instructor.

La maniobra era de alta dificultad que requería una adecuada conciencia situacional, es decir, la capacidad de comprender adecuadamente qué ha ocurrido, qué puede ocurrir y qué está ocurriendo, y que una vez ocurrida la pérdida de control de la aeronave, el tiempo de reacción para restaurar la situación de aquella era extremadamente corto, de sólo dos segundos; y a la vez que el estudiante reiteradamente presentó problemas en su instrucción, y que aquello que más se le solía reprochar era, precisamente, la falta de conciencia situacional en sus vuelos. Por ello se puede estimar que la demandada incurrió en un actuar negligente, pues, no obstante aplicar la letra de los protocolos e instrucciones, no se consideraron las circunstancias particulares del estudiante y de la maniobra a efectos de disponer su ejecución, las que desaconsejaban su realización, al menos, hasta poseer un nivel más avanzado de control sobre las aeronaves a su cargo.

7 de febrero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado.

Despido de trabajador que asistió a faena minera bajo los efectos del alcohol es injustificado, al no acreditarse cómo su conducta puso en riesgo a otras personas o a la faena.

No basta con constatar una conducta potencialmente riesgosa, lo que en este caso no está en discusión, sino que es esencial que el empleador acredite tanto la gravedad del riesgo como el nexo causal entre la conducta y la afectación de los bienes jurídicos protegidos por la causal. Solo así el tribunal podrá ponderar la proporcionalidad de la medida disciplinaria.

7 de febrero de 2025
Confirmó resolución de CNTV.

Multa de 20 UTM por emitir spot publicitario sobre apuestas deportivas en horario de protección de menores, se confirma por la Corte de Santiago

El spot se exhibió en horario protegido para menores de edad, quienes, según el artículo 35 de la Ley N° 21.430, tienen derecho a buscar, acceder y recibir contenidos informativos adecuados a su edad, madurez y grado de desarrollo y, por ende, se trata de personas cuyas capacidades cognitivas se hallan en desarrollo, pudiendo carecer en ciertos casos de la madurez necesaria para advertir los perniciosos riesgos que puede aparejar el apostar dinero en juegos de azar, de manera frecuente y por montos elevados.

7 de febrero de 2025
Reclamo de ilegalidad rechazado.

No procede el reclamo de ilegalidad contra resolución de la Superintendencia de Casinos que no evalúe u otorgue, deniegue o renueve un permiso de operación de casinos de juego.

No es procedente atacar, mediante el recurso a que se refiere el inciso segundo del artículo 27 bis de la Ley 19.995, una resolución que no evalúe u otorgue, deniegue o renueve un permiso de operación de casinos de juego, en circunstancias que la resolución impugnada, dictada por la SCJ, se limita a abstenerse de conocer de un recurso extraordinario de revisión —deducido de acuerdo al artículo 60 de la Ley 19.880—, de suerte que ello impide que pueda ser impugnada a través del reclamo de ilegalidad.

7 de febrero de 2025
Acción de protección rechazada por la Corte de Santiago.

Publicaciones en página web de reclamos en que se acusa a abogado de estafador, no vulnera derechos fundamentales.

Se trata de dos publicaciones efectuadas el día 7 de marzo y 10 de mayo de 2024, efectuadas en una página web de reclamos, que atiende, según se advierte, a reclamos formulados en el ámbito de una materia contractual, en contra de un tercero ajeno al actor, aparentemente solucionados y, en lo relevante, no dan cuenta, de la entidad o gravedad de las circunstancias que se mencionan en el recurso. Al ser así, no se advierte una vulneración de los derechos constitucionales que se dicen amagados.

7 de febrero de 2025
Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Tribunal de Honor del Colegio de Kinesiólogos de Chile actúo como comisión especial al aplicar sanción sin que exista un reglamento que regule el procedimiento sancionatorio.

La organización recurrida no tiene establecido un procedimiento para los efectos de conocer, juzgar y sancionar faltas éticas y disciplinarias en las que incurran sus asociados, situación de especial gravedad si se considera que el objetivo es evitar la arbitrariedad en la imposición de sanciones por el órgano competente. El procedimiento usado por la recurrida para sancionar al actor es uno creado especialmente por el Tribunal de Honor para cada caso en particular, ya que no existe evidencia de que se trate de uno que se emplee siempre.

7 de febrero de 2025
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