Judicial

Jurisprudencia - Tribunal Constitucional

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional desestima por unanimidad el Recurso de amparo de una política contra la publicación de un relato en la sección de cuentos de un periódico

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad un recurso de amparo relativo al potencial conflicto, a raíz de la publicación de un texto en la sección de ocio (“Cuentos de verano”) de un periódico, entre el derecho fundamental al honor de la recurrente (art. 18.1 CE) y el derecho a la producción y creación literaria del periodista autor de la pieza y de la sociedad mercantil editora del diario [art. 20.1 b) CE].

29 de enero de 2025
Fallo confirmado por la Corte Suprema.

Publicaciones en Instagram sobre suplemento deportivo que presentaría discrepancias entre su contenido y el etiquetado constituye ejercicio legítimo del derecho a informar y no lesiona la honra de la marca.

Las publicaciones fueron efectuadas por el recurrido luego de que este obtuviera un informe técnico emanado del INTA, que indicó que uno de los productos comercializados no contenía el concentrado de proteínas que aparecía en su etiquetado. Se advierte que los videos dan cuenta principalmente de la importancia de que los consumidores se informen sobre qué es lo que están comprando y que hagan valer sus derechos, sin denostar a la marca más allá de la recomendación de no comprar el producto fundado precisamente en la discrepancia señalada.

28 de enero de 2025
Fallo confirmado por la Corte Suprema.

Inhabilitación perpetua para participar en organizaciones deportivas impuesta a maestro de equitación condenado por dos delitos de abuso sexual, se ajusta a derecho.

Con fecha 31 de octubre de 2023 se sancionó al recurrente, en su calidad de Maestro de Equitación, con la Inhabilitación perpetua para participar en organizaciones deportivas, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.737 y Decreto Supremo N° 22 del Ministerio del Deporte, atendida la condena impuesta por sentencia definitiva de 21 de octubre de 2022, que sancionó al actor por su responsabilidad como autor de dos delitos consumados de abuso sexual a mujer mayor de catorce años.

28 de enero de 2025
Fallo confirmado por la Corte Suprema.

Video publicado por Concejal de Independencia sobre la sustracción de material de campaña electoral no afecta la honra de los recurrentes, al no mencionarlos ni identificarlos directamente.

No puede concluirse que la conducta atribuida al recurrido sea ilegal o arbitraria, desde que la publicación, en los términos en que fue realizada, no contiene expresiones vejatorias u ofensivas ni imputaciones directas a los recurrentes, ni tampoco se les individualiza o menciona, lo que lleva a descartar también la afectación de la persona u honra de estos, de acuerdo con las garantías constitucionales invocadas como vulneradas.

28 de enero de 2025
Recurso de nulidad laboral rechazado.

Si las labores ejecutadas no están asociadas a funciones estables y permanentes, no se configura un contrato laboral al amparo del Código del Trabajo.

El juez razonó adecuadamente que en este caso no existió un vínculo de subordinación y dependencia y, aplicando correctamente la norma contenida en el artículo 4 de la Ley N° 18.883, resolvió que, en definitiva, existió entre las partes una relación de naturaleza contractual, regida por lo dispuesto en dicha norma.

28 de enero de 2025
Se solicitó informe al municipio por Corte de Santiago.

Recurso de protección contra Municipalidad de La Florida por cierres programados de calles Hualle Norte y Avenida Central, se admite a trámite por la Corte Suprema.

El actor sostiene que el cierre de calles, programado para los días viernes y sábados desde las 21:30 hasta las 5:30 horas, ha impactado no solo a los residentes de la zona, sino también a los ciudadanos en general, al limitar el acceso a bienes y servicios esenciales.

28 de enero de 2025
Ley N° 20.009.

Usuario debe restituir 35 UF a entidad bancaria tras haberse acreditado que los mecanismos de seguridad operaban correctamente durante las transacciones supuestamente fraudulentas.

Al tratarse de operaciones realizadas con tarjetas digitales, que fueron creadas el mismo día de su ejecución, se pudo establecer que dichas gestiones financieras fueron realizadas introduciendo datos y claves cuyo uso y tenencia es exclusivo de la demandada, condiciones en las cuales, es posible atribuirle el haber actuado con culpa grave, al no mantener la debida custodia de las mismas, por lo cual no puede luego hacer responsable al banco demandante.

28 de enero de 2025
Si el impulso procesal recae en el tribunal no procede la sanción del abandono del procedimiento.

Si el impulso procesal recae en el tribunal no procede la sanción del abandono del procedimiento.

Los litigantes se encontraban eximidos de la carga de dar impulso al proceso en la etapa en que se hallaba el procedimiento; máxime si la propia ejecutada solicitó al tribunal que se certificara que la ejecutante no contestó las excepciones opuestas a la ejecución, lo que demuestra claramente su postura que el impulso procesal no se encontraba radicado en las partes. Ante el silencio de la actora debió el tribunal, de propia iniciativa, pronunciarse sobre la admisibilidad de las excepciones una vez trascurrido el término previsto en el artículo 466 del Código de Procedimiento Civil.

28 de enero de 2025
Recurso de casación en el fondo acogido.

Ex marido tiene interés legítimo para demandar la nulidad absoluta de un acto mediante el cual la mujer sustrajo un inmueble de la sociedad conyugal.

La liquidación de la sociedad conyugal es un hecho futuro y cierto, ya que si bien no se tiene certeza de cuándo ocurrirá, siempre acontecerá, por lo cual es posible concluir que el actor tiene un interés legítimo, pecuniario, personal, cierto y actual en la declaración de nulidad, de modo que al resolver los sentenciadores que carecía de éste y acoger la excepción de falta de legitimación activa, se ha quebrantado lo dispuesto en el artículo 1683 del Código Civil.

27 de enero de 2025
Fallo confirmado por la Corte Suprema.

Sanción de clausura de casa de reposo que operaba sin la respectiva autorización sanitaria, se ajusta a derecho.

A fin de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas residentes de la casa de reposo, la autoridad sanitaria, deberá efectuar las coordinaciones pertinentes con el Servicio Nacional del Adulto Mayor, la Municipalidad de Portezuelo y toda otra autoridad u organismo que deba intervenir en la atención asistencial y médica de las personas mayores que allí residen, a fin de obtener la autorización sanitaria pertinente, que asegure la protección de sus derechos y calidad de vida

27 de enero de 2025
Páginade 1353