Consejo para la Transparencia

Amparo de acceso a información.

Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo deberá entregar información relativa a comunas de origen y destino de los beneficiarios de subsidios habitacionales.

En virtud del principio de máxima divulgación, se encuentra en la necesidad de responder a los requerimientos del solicitante en forma amplia, sin perjuicio, de no verse obligado a suministrar datos que exceden la órbita de lo requerido o se encuentren bajo la causal de reserva legal o constitucional.

1 de septiembre de 2022
Páginade 115