A la Contraloría General no le corresponde pronunciarse sobre las decisiones adoptadas por la Superintendencia de Seguridad Social en materias que son de su exclusiva competencia.
Respecto de la concesión de los beneficios de atención dental, gastos de traslado y compra de artículos de estudios requeridos por la interesada, titular del beneficio de reeducación profesional que contempla la letra e) del artículo 29 de la ley N° 16.744.