![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/10/Desposeimiento.webp)
La Magistratura Constitucional descartó que al no permitirse que el ejecutado oponga la referida excepción se produzcan resultados contrarios a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, al derecho a defensa y al debido proceso.