Controles obligatorios

El Acuerdo Suplementario contiene normas propias de ley orgánica constitucional, en lo que respecta al artículo 9 de la Sección B, en relación a los numerales 1 y 2 del Anexo.

TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto que aprueba Acuerdo Suplementario sobre Inversiones de Tratado de Libre Comercio.

El Acuerdo Suplementario contiene normas propias de ley orgánica constitucional, en lo que respecta al artículo 9 de la Sección B, en relación a los numerales 1 y 2 del Anexo.

3 de octubre de 2013
Ante reiterada inasistencia.

Diputados estudian posible interpelación a Ministro de Hacienda

Entre las distintas atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados, el artículo 52, N° 1, letra b), de la Carta Fundamental, faculta a los diputados a citar a un Ministro de Estado con el objeto de formularle preguntas relativas a su cartera, siendo su asistencia obligatoria y con la limitación de no poder ser citado más de tres veces dentro de un año calendario

22 de julio de 2013
Preceptos no son propios de LOC.

TC no emitió pronunciamiento acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales.

“las facultades que (…) se otorgan a las Direcciones de Obras Municipales, las cuales inciden en los procedimientos de regularización de la situación de los inmuebles o ampliaciones de los mismos a que los preceptos antes mencionados se refieren, se encuentran comprendidas dentro de las funciones genéricas que los artículos 3º, letra e), y 24 de la Ley Nº 18.695 confieren a los municipios y a las unidades encargadas de obras municipales de dichas corporaciones, respectivamente.”

6 de mayo de 2013
Con prevención.

TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto de ley que regula el contrato de seguro.

«con excepción de su inciso final, las disposiciones contenidas en el nuevo artículo 543 que el artículo 1° del proyecto de ley sometido a examen introduce al Código de Comercio, son propias de la ley orgánica constitucional a que se refieren los incisos primero, segundo y séptimo del artículo 77 de la Constitución Política, toda vez que inciden en la organización y atribuciones de los tribunales».

8 de abril de 2013
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