TS de España acogió casación y consideró ajustado a derecho plazo de 30 años para cancelar inscripción en Registro de Delincuentes Sexuales.
De acuerdo con dicha normativa europea y nacional, el Tribunal Supremo de España concluyó que el Real Decreto 1110/2015 tiene cobertura en la habilitación otorgada por la Disposición Final Decimoséptima de la Ley 26/15.