TC declaró inaplicable norma de la Ley sobre Impuesto a la Renta que, aunque derogada podría producir efectos contrarios a la Constitución respecto de un práctico de puerto mientras estuvo vigente.
«Con ello el Constituyente previó la hipótesis de la ultraactividad de una disposición derogada, es decir, de aquellas normas que si bien no rigen respecto de situaciones fácticas que acontezcan en la actualidad, sí regían en el momento en que ocurrieron los hechos que se juzgan…»