Admisibles

Primera Sala.

TC se pronunciará respecto del fondo en inaplicabilidad solicitada por empresa que impugna norma del Código del Trabajo en caso en el que fue demandada solidariamente en régimen de subcontratación, por incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

14 de abril de 2021
Páginade 89