TC admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que extiende beneficios de un contrato colectivo.
Infringiría el derecho a la libre contratación en materia laboral y el derecho a ejercer cualquier actividad económica.
Infringiría el derecho a la libre contratación en materia laboral y el derecho a ejercer cualquier actividad económica.
Infringirían el principio de legalidad penal y tipicidad. Dejan el núcleo de la conducta entregado a la determinación de una regla infralegal.
En su condición de dirigente sindical no procede que se le aplique el régimen común de terminación de la relación laboral.
Da un trato desigual a quienes son efectivamente iguales, como son las partes de un juicio seguido conforme a normas del Código de Procedimiento Civil y las partes de un procedimiento regido por leyes especiales.
No garantiza oír previamente al afectado, ni le reconoce el derecho de probar sus alegaciones.
Vulnera el debido proceso al otorgarle una atribución procesal excesivamente amplia a la Corte, la que sólo por ley se puede conferir.
Se habrían modificado las bases de remate en un juicio ejecutivo de oficio privando al ejecutado de su derecho a objetarlas.
A consecuencia de un dictamen de la CGR.
Se da la particularidad de que la sanción se mantiene vigente en el tiempo, sin límites, aun cuando la causa terminó por sentencia ejecutoriada.
Se infringe el derecho de propiedad, la igual repartición de las cargas públicas y la Convención Americana de Derechos Humanos.