Norma que da por confeso a quien no comparece por segunda vez a la audiencia confesional, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que el precepto legal objetado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso.
El requirente alega que el precepto legal objetado infringiría la igualdad ante la ley y el debido proceso.
No transgrede la garantía de un debido proceso y el derecho al recurso, por lo que no menoscaba las posibilidades de defensa de los requirentes.
La descripción contenida en la norma impugnada constituye una tipificación suficiente del núcleo esencial de la conducta ilícita, sin que se verifique la existencia de una ley penal en blanco como alegó la parte requirente, razona la Magistratura Constitucional.
El requirente alega que el precepto legal objetado infringe la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, desde que a pesar de que no fue legalmente notificado de la sentencia que lo condenó, no puede recurrir respecto de la sentencia interlocutoria que desestimó el incidente de nulidad procesal que promovió por habérsele notificado el fallo de fondo en un domicilio que no es el suyo.
Un régimen demasiado amplio de apelaciones incidentales en pleitos de este género retardaría en demasía la duración del proceso, sin olvidar que el juicio de partición está llamado por naturaleza a ser breve, atributo que se asocia sin esfuerzo a la noción de “racional y justo”.
La aplicación de los preceptos legales impugnados genera efectos inconstitucionales indeseados y desproporcionados, escenarios de inseguridad jurídica lo que afecta gravemente los derechos legítimos de la parte demandada, justificando así su inaplicabilidad.
La norma legal impugnada produce resultados contrarios a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, al debido proceso, al derecho de propiedad y al contenido esenciales de los derechos que se denuncian infringidos, sostiene la requirente.
En su alocución, el ministro Vásquez, presentó un análisis exhaustivo sobre el sistema interamericano de derechos humanos, subrayando la creciente influencia y posibles riesgos que este sistema representa para las soberanías nacionales y la estructura constitucional de los Estados.
El requirente alega que se vulnera el debido proceso, el derecho al recurso y a la tutela judicial al impedir que la Corte de Apelaciones pueda conceder orden de no innovar, como también la esencia de los derechos y garantías constitucionales conculcados por aplicación del precepto legal impugnado.
La obra es del profesor y Phd. en Derecho por la Universidad de Navarra, Max Silva Abbott.