Impugnan ante el TC normas del Código de Procedimiento Civil que consagran el recurso de reposición y de apelación que incidirían en juicio ejecutivo.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de San Fernando, en actual conocimiento de la Corte de Rancagua, por recurso de apelación.