Norma que permite al Ministerio Público comunicar la decisión de no perseverar en el procedimiento luego de cerrarse la investigación, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que el precepto legal objetado infringe la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos, desde que impide que el querellante sostenga la acusación particular. En otros términos, la víctima quedará impedida de ejercer acción penal ante el delito que le afecta.