Judicial

Corte de Santiago ordena restituir 35 UF a entidad bancaria, al haberse acreditado culpa grave del cliente en las transacciones electrónicas de que afirma habría sido víctima.

Las operaciones bancarias cuestionadas fueron realizadas utilizando los elementos de seguridad proporcionados por el banco, los cuales eran de exclusiva responsabilidad del demandado. En este contexto, se atribuyó al usuario culpa grave por no mantener la debida custodia de sus claves y datos, al no poder responsabilizar al banco por el incumplimiento de las medidas de seguridad, lo que configuró su responsabilidad en los hechos.

8 de enero de 2025

Imputado reconocido por la madre de víctima de robo con intimidación constituye un indicio que habilita a Carabineros efectuar control de identidad.

8 de enero de 2025
El acusado fue reconocido por la madre del adolescente asaltado, quien otorgó a los agentes antecedentes concretos como su vestimenta y apariencia, los que constituyen un indicio para efectuar la diligencia del artículo 85 del Código Procesal Penal. Al momento de su detención, el imputado portaba las especies robadas a la víctima.

Auxilio prestado por guardias de seguridad a víctima de lesiones graves que era golpeada por los imputados no constituye apremios ilegítimos.

8 de enero de 2025
En ningún caso puede estimarse como apremios ilegítimos la ayuda prestada a la víctima de lesiones para defenderse, por lo que la posterior identificación de los acusados por parte de un funcionario municipal, en nada tiene que ver con el auxilio al agredido, y la individualización de los encartados se efectuó conforme a derecho.

Recurso de protección por exposición sobre Infantería de Marina en el Museo Marítimo de Valparaíso que, para el recurrente, constituye una apología de los crímenes cometidos durante Gobierno Militar, se admite a trámite por la Corte de Santiago.

7 de enero de 2025
En su libelo denuncia que, al mantener la exposición, el Estado incumple su obligación de garantizar la no repetición de crímenes de lesa humanidad, y que afecta tanto a las víctimas directas de los abusos como a la sociedad chilena en su conjunto.
Fallo confirmado por Corte Suprema.

Instalación de obstáculos que impiden el tránsito por el único camino de acceso a los inmuebles de los recurrentes, constituye un acto de autotutela ilícito.

La instalación de obstáculos, como cadenas y un estanque de agua, alteran el statu quo preexistente, lo cual perturba el acceso al predio de los recurrentes y se afecta su derecho al libre tránsito, constituyéndose la recurrida en árbitro de sus propios intereses, al margen del ejercicio de los procedimientos que nuestra legislación contempla para obtener judicialmente el reconocimiento del derecho que invoca.

7 de enero de 2025
Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Medicamento RISDIPLAM debe ser suministrado al recurrente por ser indispensable para su sobrevivencia e integridad física.

La negativa de la recurrida a proporcionar un medicamento indispensable para la sobrevida e integridad física del recurrente, sobre la base de consideraciones de índole administrativa y económica, constituye un acto arbitrario que amenaza su derecho a la vida, puesto que no se encuentra en condiciones de adquirirlo.

7 de enero de 2025
Tenencia responsable de mascotas.

Acción de protección contra vecina dueña de perros Akita que transitarían libremente por el vecindario es una controversia debe analizarse en un procedimiento de lato conocimiento.

La Corte de Santiago resolvió que no es procedente emplear esta vía para la solución del conflicto, puesto que las materias en que se basa el libelo exceden el ámbito de este recurso, ya que se trata de una controversia en que se discuten los hechos, que requiere de pruebas, discusión y análisis propios de un procedimiento contradictorio, ajeno a este de carácter cautelar inmediato y urgente.

6 de enero de 2025
Acción de protección rechazada en alzada.

Decreto que ordenó inhabilidad y desalojo de Autódromo de San Antonio se ajusta a la legalidad, al operar sin permiso de edificación.

La Corte Suprema tuvo en consideración que la recurrente no controvirtió el hecho que el inmueble objeto de la inhabilidad no cuenta con permiso de edificación, habiendo reconocido, incluso, que por la misma razón fue objeto de fiscalización y posterior sanción por el Juzgado de Policía Local, por lo cual, en ausencia de un comportamiento antijurídico de la recurrida, desestimó la acción de protección.

6 de enero de 2025
Recurso de casación en el fondo acogido.

Si la tenencia se origina en relación sentimental con el anterior dueño del inmueble, no procede la acción de precario.

La Corte Suprema resolvió que la tenencia del inmueble se justifica en la relación de familia preexistente -que no ha sido expresamente desconocida ni negada-, lo cual da cuenta de un vínculo jurídico entre el ocupante y la cosa objeto de la ocupación, lo que se contrapone a una tenencia meramente sufrida, permitida, tolerada o ignorada y denota una situación que debe ser solucionada a través de las acciones específicas para ello y no por medio de una demanda de precario.

6 de enero de 2025
Reclamo de ilegalidad rechazado por la Corte de Santiago.

Rechazo de solicitud de modificación de concesión de radiodifusión se ajusta a la legalidad por las interferencias perjudiciales para otro servicio autorizado que podría generar.

Tuvo en consideración que, si bien las concesionarias tienen el derecho a modificar ciertos elementos de su concesión, este derecho no es absoluto y debe respetar las disposiciones legales y técnicas, además de proteger los derechos de otras concesionarias.

6 de enero de 2025
Unificación de jurisprudencia acogida.

Servicio de Salud de Concepción es legitimado pasivo para ser demandado por las consecuencias de los actos del Hospital de Lota, ya que ostenta la representación de todos los establecimientos que integran su red de salud.

Tuvo en consideración que la desconcentración administrativa no desvincula totalmente al establecimiento auto gestionado de su ente superior, y que el director del Servicio de Salud tiene facultades de dirección, organización y administración, lo que lo faculta para comparecer en juicio en representación de los hospitales auto gestionados.

6 de enero de 2025
Páginade 1336